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¿No le han pagado la prima? Este es el plazo máximo establecido por la ley

¿No le han pagado la prima? Este es el plazo máximo establecido por la ley

Conozca las fechas establecidas por la ley para que paguen lo correspondiente a la prima de diciembre.

Con la llegada de diciembre, miles de trabajadores en Colombia esperan el pago de la prima, un derecho laboral obligatorio establecido en la legislación vigente. Este ingreso adicional resulta clave para afrontar los gastos de fin de año y está respaldado por el Código Sustantivo de Trabajo.

¿Qué es la prima de diciembre?

La prima es una prestación social que reconoce al trabajador por su aporte a la productividad de la empresa. Se paga en dos cuotas al año, y la correspondiente al segundo semestre es conocida popularmente como prima de diciembre.

De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima del segundo semestre debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre. El empleador puede adelantar el pago, pero no está autorizado a hacerlo después de esa fecha.

¿Quiénes tienen derecho?

Tienen derecho a la prima:

  • Trabajadores vinculados mediante contrato laboral (término fijo, indefinido u obra-labor).
  • Empleados del sector privado y trabajadores oficiales.

No aplica para contratistas por prestación de servicios, ya que no existe relación laboral.

¿Qué pasa si no la pagan?

El no pago oportuno de la prima constituye un incumplimiento legal y puede dar lugar a:

  • Investigaciones y sanciones por parte del Ministerio del Trabajo.
  • Reclamaciones judiciales por parte del trabajador, incluso con intereses o indemnizaciones.

Si el trabajador no laboró todo el semestre (julio–diciembre), la prima debe pagarse de manera proporcional al tiempo trabajado, sin que esto elimine la obligación del empleador.

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