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Política y justicia

Política y justicia

Por: Edgardo Ramírez Polanía
*Doctor en derecho


Se ha generalizado la afirmación que la justicia se ha politizado porque procesa conflictos políticos y por la dependencia del poder político a las decisiones judiciales ante todo de la Corte Constitucional, que ha querido demostrar su poder no sólo judicial sino político, porque algunas decisiones tienen relación con la apreciación de las posibilidades de los actos de la administración que es una de las finalidades esenciales de la política.

La aplicación del derecho en el ámbito constitucional no se ha limitado al análisis de la legalidad de las leyes o los decretos, sino que ha desbordado los márgenes de su función para decidir si es conveniente o no un acto de la administración, como acaba de ocurrir con el Decreto 1085 de 2023 de emergencia económica para La Guajira, expedido por el Presidente Gustavo Petro para combatir la crisis humanitaria  en ese departamento y que fue declarado inexequible  por la Corte Constitucional, con excepción del suministro de agua, como si el ser humano requiriera solamente ese elemento vital para vivir.

La aplicación de la ley y el derecho debe hacerse en su más íntima razón jurídica para que no sea ajena a las categorías filosóficas de la apariencia y la esencia, para que ese nuevo derecho, tal vez, identificado con la primera de ellas, las decisiones no se manejen con sesgo ideológico por aquellos que se denominan «los factores reales de poder», que convierten al ejercicio del derecho en un ente desprovisto de ideología. Cuando lo deseable, es una fenomenología normativa que al amparo del pluralismo ideológico oriente sus pasos sin cosificar al individuo, sin utilizarlo como instrumento, sin escamotearle la dignidad humana ni pisotearle sus derechos.

Por eso, es esencial que los organismos encargados de administrar justicia no se dejen influenciar de los movimientos políticos para asumir con autonomía de entendimiento el conocimiento de la realidad que el derecho puede regular, esto es, sin subalternidad del pensamiento, sin contemporizar con otros ni sucumbir a la tentación de las cámaras de televisión que han sido una manera de exponer los hechos al público y condenar socialmente antes de investigar.

Con esta clase de posturas, la independencia judicial languidece bajo el yugo del formalismo, del amiguismo y del mecanicismo de la administración de justicia, en perjuicio de lo sustancial, donde a la persona se la mira como una cifra más dentro de los balances de gestión judicial, o como un sujeto apenas apreciable en términos económicos. Hoy se reclama la presencia de un juzgador que con espíritu renacentista pondere la comprensión particular y universal de los conflictos jurídicos de su competencia, que supere la mecánica del supuesto de hecho y la consecuencia jurídica, pues pesar de lo dicho por el  maestro Kelsen a quien Colombia le negó la visa de residente hace varios años, la realidad supera la norma.

La justicia no debe servir de instrumento para perseguir a personas, dirigentes o periodistas,  porque lo dicen los políticos o directores de revistas, debido a que  expresan una opinión diferente a aquella que otros consideran su verdad absoluta y rechazar de plano la idea de que los jueces sirvan de medios en aras del mercado judicial y que se convierta en incondicionales amanuenses de los políticos de turno, en martillo para vengar a nombre de terceros la insolencia de discrepar y de carceleros a nombre de intereses particulares para callar la voz de los líderes o inconformes.

Causa repulsa que los organismos investigativos expongan ante las cámaras de la televisión hechos sobre investigaciones de personas o familias con total desestimación del debido proceso y la fuerza esclarecedora que debe proyectarse sobre el buen nombre de las personas hasta que no se demuestre su culpabilidad.

La justicia espectáculo deben tener mayor discreción en las decisiones judiciales, al propio tiempo que los televidentes pueden hacer un esfuerzo para calificar su nivel de asimilación jurídica. De este modo, unos y otros se habrán de encontrar en un meridiano que no permita el envilecimiento del discurso judicial ni la convalidación de la ignorancia y el escándalo que se confunden en el cargo que se haga dentro de una investigación.

El juez debe actuar con comprensión histórica y voluntad responsable, es impracticable, contradictoria y por demás indeseable, que haga lo contrario como se observa en algunos fallos impulsados desde las altas familias, el poder ejecutivo o legislativo, sin principios ni reglas, donde los conflictos jurídicos quedan al albur de esa ilimitada subjetividad del juez que tanto les preocupa a los predicadores del derecho como política o como justicia natural o divina.

Es necesario concederle razón suficiente al derecho como razón pública y hacer énfasis, en la seguridad de que el propósito de fomentar los valores públicos para actuar con arreglo a ellos, corresponde a la necesidad de trascender los linderos del derecho positivo para privilegiar los valores, intereses e ideales comunes, de lo contrario, continuaremos en esa noria permanente que no permite una verdadera justicia que es una forma de violencia y que nos aleja siempre de la paz.

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