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Crimen transnacional y legítima defensa: la postura de Estados Unidos ante Venezuela
Por: Manuela Ospina Varón
La escena se repite en los foros internacionales: delegaciones, comunicados cruzados y un debate que, aunque politizado, tiene un trasfondo jurídico y de seguridad que va más allá de la retórica. En el centro de la discusión se encuentra el crimen transnacional organizado, una amenaza que, según Naciones Unidas, ha dejado de ser un fenómeno periférico para convertirse en un factor estructural de inestabilidad regional.
Para Estados Unidos, el narcotráfico vinculado a Venezuela no es un asunto ideológico ni una disputa diplomática convencional. Es, ante todo, una amenaza sostenida a su seguridad nacional y a la de otros Estados, por su carácter transfronterizo, su capacidad de financiamiento ilícito y su conexión con actores armados no estatales.
Desde una perspectiva académica, el crimen transnacional cumple con tres elementos clave que justifican su tratamiento internacional: trasciende fronteras, debilita instituciones estatales y produce efectos directos en terceros países. En ese marco, la actuación de Estados Unidos se inscribe en una lógica de prevención y contención, más que de intervención clásica.
La legítima defensa como fundamento jurídico
El eje central del argumento estadounidense se apoya en el derecho internacional vigente. La Carta de las Naciones Unidas, en su Artículo 51, reconoce el derecho inherente de los Estados a la legítima defensa individual o colectiva frente a amenazas que comprometan su seguridad, mientras el Consejo de Seguridad no adopte medidas efectivas.
La doctrina contemporánea de seguridad ha ampliado la interpretación de este artículo para incluir amenazas no estatales, especialmente cuando estas operan de forma organizada, permanente y con capacidad de daño masivo. El narcotráfico internacional, por su impacto en la salud pública, la violencia y el financiamiento de redes criminales, encaja dentro de esta categoría, según sostienen múltiples estudios en relaciones internacionales y seguridad global.
Desde este enfoque, la política estadounidense no busca reemplazar al Consejo de Seguridad, sino actuar ante un vacío operativo, en un contexto donde la criminalidad organizada evoluciona más rápido que los mecanismos multilaterales tradicionales.
Venezuela y la dimensión transnacional del problema
Las acusaciones formuladas por tribunales estadounidenses contra altos funcionarios del gobierno de Nicolás Maduro, relacionadas con presuntos vínculos con el narcotráfico, marcan un punto de inflexión. El debate académico subraya que cuando existen indicios de colusión entre estructuras estatales y redes criminales, el principio de soberanía se ve seriamente tensionado.
En términos de seguridad internacional, un Estado que no controla, o no combate, el crimen transnacional dentro de su territorio puede convertirse en un vector de inestabilidad regional, habilitando la actuación defensiva de otros Estados afectados. Esta interpretación, aunque controvertida, cuenta con respaldo en la evolución del derecho internacional consuetudinario.
El petróleo, un argumento secundario
Si bien sectores críticos insisten en vincular la actuación estadounidense con los recursos petroleros venezolanos, este argumento aparece como secundario frente al núcleo del debate. Desde la óptica de Washington, lo que se discute no es el acceso a recursos estratégicos, sino la respuesta legítima frente a una amenaza criminal transnacional, reconocida como tal por el propio sistema de Naciones Unidas.
El ELN y la erosión de la legitimidad internacional
Un punto especialmente delicado en esta coyuntura es la intervención discursiva del Ejército de Liberación Nacional (ELN). Desde el análisis académico, este hecho resulta profundamente problemático. El ELN es un grupo armado ilegal, sin reconocimiento como sujeto de derecho internacional, y su pronunciamiento sobre disputas entre Estados representa una distorsión grave del orden jurídico internacional.
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La gravedad no reside solo en el contenido de sus declaraciones, sino en lo que implican: un intento de ocupar un espacio político reservado a los Estados, afectando la relación entre Estado, población y soberanía. Cuando actores armados ilegales se arrogan capacidad de opinión en escenarios internacionales, se debilita la legitimidad del sistema multilateral y se normaliza la criminalidad como actor político.
Desde esta perspectiva, la postura estadounidense encuentra respaldo en un principio básico del derecho internacional: la legitimidad no emana de la fuerza armada ilegal, sino del reconocimiento institucional y del cumplimiento de la legalidad.
Un debate que define el orden internacional
Más allá de Venezuela, el caso plantea una pregunta central para la comunidad internacional: cómo responder a amenazas transnacionales sin permitir que el crimen organizado capture espacios de soberanía y representación política. Estados Unidos apuesta por una interpretación activa del derecho a la legítima defensa, argumentando que la inacción frente al narcotráfico organizado no es neutralidad, sino permisividad.
En ese escenario, la discusión no enfrenta simplemente a gobiernos, sino a dos modelos de respuesta ante un fenómeno global: uno que prioriza la contención preventiva de amenazas, y otro que insiste en marcos tradicionales que hoy parecen insuficientes. La resolución de este debate marcará, en buena medida, el futuro de la seguridad internacional.
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