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El Fiscal General no es una rueda suelta

El Fiscal General no es una rueda suelta

Por: Edgardo Ramírez Polanía
Doctor en Derecho.


En procura de algunas respuestas en torno a las manifestaciones del Fiscal Francisco Barbosa de su poder omnímodo y punitivo, me parece pertinente comenzar dando un rodeo en torno a la relación que según Hegel mediaba entre el amo y el esclavo. En efecto, para Hegel la historia comienza con el enfrentamiento de dos conciencias que mutuamente desean ser reconocidas, donde una de ellas termina dominando a la otra, lo cual deviene en las figuras de quien ordena y quien obedece, de suerte que los dos se necesitan merced a esa lucha por el mutuo reconocimiento, al propio tiempo que dicho acontecimiento habría de fungir como uno de los fenómenos constitutivos de la génesis de una autoridad principal dentro de un estamento social y no varias del mismo rango o una o varias  que desconocen la primacía de la autoridad legítima contenida en la ley, lo que constituiría la anarquía.

Como bien se sabe, desde la aurora de los tiempos la historia de la humanidad lleva la impronta de la lucha por el acceso y el ejercicio del poder de unos sobre otros, con la correlativa supremacía de la violencia física, judicial o moral sobre la racionalidad, que ha llevado a las  recurrentes imposiciones de la autoridad sobre otros, o los grupos armados sobre las comunidades o en defensa de la dictadura de unas conciencias sobre otras, o del imperio de la muerte sobre la vida. ¿Habrá opciones para eventuales equilibrios? Depende, pues, evidentemente, el diálogo de la autoridad es la mejor manera de persuadir porque el poder solo negocia con quien tiene poder. El poder no se negocia con el débil, a lo sumo le da pequeñas ventajas, pero no negocia. 

También es evidente que a partir de la geometría euclidiana y de otras voces aprendimos que los cuerpos y, por tanto, muchos fenómenos, pueden ser examinados desde diferentes puntos de vista en aras de la construcción colectiva de la verdad. Así, al mirar otra cara de la autoridad, podemos ver el abuso desmedido del poder, que a veces se lleva por delante las norma de normas que es la Constitución, que regula las relaciones de las personas en la sociedad y de quienes dirigen al Estado o sus entidades de control como el caso de los fiscales generales. Es precisamente lo que está ocurriendo con el Fiscal  Francisco Barbosa, que representa ese engendro de la Constitución del 91, hecha a retazos y que creo unos monstruos de poder que se creen inmutables, provenientes de la divinidad, que cometen toda clase de abusos, poseen avión privado, apartamento dentro de sus instalaciones privadas no propiamente para dormir, contratan por valores inconmensurables que nadie investiga por que provienen del intocable Fiscal General, que ordena encarcelar o absolver a quien él disponga.

 El único país de Latinoamérica donde la empresa Odebrecht entregó coimas y no pasó nada fue en Colombia. El Fiscal de entonces  Martínez Neira, había sido empleado de la institución bancaria que se vio involucrada en esos hechos para citar un sólo caso, o el inefable ex Fiscal Luis Camilo Osorio lleno de demandas e injusticias como se recoge en un libro que escribí sobre el caso de la muerte de Galán Sarmiento y sus verdaderos autores no los que dijo erróneamente la Corte Suprema.

Coetáneamente dirán ciertas personas que la gente sigue con su mirada de asombro a los famosos Fiscales Generales “best seller” de la justicia, quienes no salen ilesos de este espectro, pues la popularidad no es necesariamente sinónimo de calidad, máxime cuando el poder de la publicidad hace de la moda “el deber ser” en muchos ámbitos de la sociedad. De esta suerte, como suele ocurrir: hay personas que hacen vestidos, pero también hay vestidos que hacen personas.

Algunas instituciones como la Fiscalía General, que sin razón se tribuyen la facultad de abstenerse de ejercer sus obligaciones al considerarse rueda independiente del engranaje del Estado, donde el Presidente de la República al solicitar informes a ese organismo, es rechazado como Jefe del Estado y del gobierno, constituye  una omisión en sus funciones de los Fiscal de turno, que provienen de gobiernos anteriores en su postulación y nombramiento, que si bien tienen autonomía judicial, se creen  intangibles al negarse de dar informaciones que le competen y aceptar ordenes administrativas que estén conforme la Constitución por parte del Presidente de la República como Jefe del Estado y de Gobierno. 

En este horizonte como decía Hegel: lo nuevo como cambio social lo considera como algo malo, porque va contra la tradición, va contra las costumbres, va contra lo establecido, contra los intereses. Por eso el cambio y las solicitudes del presidente Petro le parecen al Fiscal Barbosa arbitrarias. Claro está, que algunos cambios propuestos que han sido objeto de difíciles acuerdos en el Congreso, deben ajustarse  y respetar los derechos adquiridos de las pensiones que propone desconocerlos el señor  Ricardo Bonilla, es  una afrenta a la guarda de la Constitución.

Al respecto, es pertinente comenzar con una breve referencia a la conferencia que Ferdinand Lasalle pronunció en Berlín en abril de 1862 bajo el título de: ¿Qué es una Constitución?, para llegar a preguntarnos si el Fiscal General ha entendido sus funciones.

Es preciso advertir previamente que, en el entendido de que «hay que leer a luz de un problema».  Lasalle invita a construir la respuesta final a partir de un escrutinio sobre la Constitución en cuanto categoría, esto es, en cuanto concepto general suficientemente comprensivo de la esencia que entraña ese ordenamiento superior. Por consiguiente, el autor no quiere buscar la respuesta a través de los ejemplos, pues, tácitamente asume que el ejemplo ilustra, pero limita el concepto.

Así entonces, dice Lasalle: ¿En qué está la verdadera esencia, el verdadero concepto de una Constitución?

Existe, sin duda, y este algo que investigamos y reside, sencillamente, en los factores reales de poder que rigen en una sociedad determinada. Los factores reales de poder que rigen en el seno de una sociedad son esa fuerza activa y eficaz que informa todas las leyes e instituciones jurídicas
de la sociedad en cuestión, haciendo que no puedan ser, en sustancia, más que tal y como son. Seguidamente afirma: «He ahí, pues, señores, lo que es, en esencia, la Constitución de un país: la suma de los factores reales de poder que rigen en ese país».

Se toman estos factores reales de poder, se extienden en una hoja de papel, se les da expresión escrita por el pueblo, y a partir de este momento, incorporados a un papel, ya no son simples factores reales de poder, sino que se han erigido en derecho, en instituciones jurídicas, y quien atente contra ellos atenta contra la ley, y es castigado.

Y el pueblo ¿sí sabe eso?, o apenas entiende y acepta inercialmente que su papel se transmuta en las urnas para catapultar a los representantes de los factores reales de poder. Ciertamente, el pueblo que registra la Constitución, en muchos casos vive de una esperanza. El Fiscal General, evidentemente no lo nombra el Presidente, lo terna ante la Corte Suprema que lo designa,  y como Jefe de una organización del Estado que comprende los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial hace parte del Estado.

Por tal razón el Presidente de la República como Jefe del Estado y del Gobierno, tiene la facultad de exigirle información al Fiscal General de asuntos administrativos y el Fiscal debe acatar sus recomendaciones siempre que estén dentro de la legalidad. Por lo cual la Fiscalía General no es una rueda suelta en el engranaje del Estado.

Muchos colombianos tienen la mala costumbre de sentirse más que los demás, sin reflexionar si los autoriza el reglamento y la ley para determinados procedimientos, o por lo menos, si tienen una formación que se pueda comparar con quienes poseen esos valores dignos de imitar y no simplemente la absurda apariencia  de la realidad. 

 

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