Opinión
¿Qué hacer con el servicio de energía?
Por Jesús Alberto Saavedra Barrios
Cuando en Colombia, se empezó a hablar de servicios públicos, se hacía con la pretensión de suplir necesidades, atender el mínimo vital de las poblaciones y sobre todo, mejorar la calidad de vida de las personas de todo el territorio nacional.
Por eso, con la aparición de la Ley 142 de 1994 “Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”, se empezó a emplear un marco puntual sobre la definición y rumbo del camino al funcionamiento de los servicios públicos en el país. Orientado hacia parámetros integrales enfocados en garantizar los servicios, su propia auto sostenibilidad, su organización y su prestación.
Es así, que en función el Estado debería garantizar una buena prestación en los servicios públicos domiciliarios, sin omitir que los privados podrán ser parte de la prestación del servicio como ayuda a la optimización y eficiencia del recurso. Entonces es aquí donde nos cuestionamos lo siguiente…
Si bien, el artículo 2 de la Ley 142 de 1994, define como parte de la intervención del Estado unas prebendas para el buen funcionamiento del servicio y prestación como: Garantizar la calidad del servicio para mejorar la calidad de vida de las personas, la constante ampliación de la cobertura para mejorar el servicio, prestación eficiente y sobre todo la de establecer un régimen tarifario proporcional para los sectores de bajos ingresos de acuerdo con los preceptos de equidad y solidaridad (Art 2.9, 12 de 1994).
Estas no resultan ser el resultado final del hoy, en el territorio nacional. La cesión conjunta de la prestación con privados, de algunos servicios públicos como la energía, se ha vuelto el dolor de cabeza en la cotidianidad de los colombianos. Vemos como el servicio de la energía, no es el mejor. Su tardía ampliación en la cobertura para mejorar la prestación, retrasa rotundamente un avance significativo en la calidad del servicio. Y ante todo esto, que no parece ser una mejora a la calidad de vida de los colombianos y usuarios de los servicios públicos domiciliarios.
Entonces ¿Es el momento de repensar, la situación?
Sí, considero que debemos ser más juiciosos en la revisión de lo que sucede en el hoy, con los servicios públicos en el país y en especialmente con el de la energía. Estos deben estar centrados en cumplir con lo que dispone la Ley, para tener un servicio eficiente que verdaderamente mejore la calidad de vida de los colombianos. Sin tener que soportar las altas tarifas, ante un servicio que no es el más óptimo en su prestación.
(Apartados tomados de la Ley 142 de 1994, “Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”)
Abogado. Esp en Derecho Administrativo.
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