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Opinión

De las audiencias públicas ambientales y otras mieles

De las audiencias públicas ambientales y otras mieles

Por: José Darío Prieto Sierra - Ingeniero Ambiental


Desde hace más de 6 años -que recuerde- no se tenía noticia en nuestro departamento que se convocara por parte de la Autoridad Ambiental Regional a una audiencia para autorizar o no, un proyecto de inversión pública o privada que permitiera desarrollar el sector productivo en cualquiera de sus modalidades y que previamente requiera la solicitud de licencia ambiental como lo prevé el artículo 59 de la Ley 99 de 1993. Recalco que desde hace mucho tiempo los inversionistas o empresarios no hacen uso de tal figura para ubicar en el territorio proyectos de envergadura que amerite la aplicación de la licencia ambiental como en los casos de construir cementeras, generadoras de energía; proyectos en la red vial secundarias o terciarias, actividades de la industria manufacturera; construcción y operación de distritos de riego; proyectos, obras o actividades de construcción de infraestructura para la agroindustria, para mencionar algunos ejemplos.   Ese letargo empresarial o de inversión pública, nos estimula a pensar que estamos en un estadio de desaceleración de la economía regional y que el gobierno regional no ha hecho lo propio para impulsar la planeación o factibilidad de proyectos que movilicen positivamente los diferentes sectores productivos. 

Tristemente me entero de que la figura de licenciamiento ambiental se reactiva con la solicitud de una modificación de unos permisos para continuar ubicando residuos sólidos en dos vasos (F y G) adicionales en un sitio que ya está evidentemente conurbado por unos pobladores que merecen toda la atención de la sociedad Tolimense. Me refiero a las comunidades que en el otrora fueron desplazados por la violencia generada por el conflicto armado en Colombia y que por una orden judicial fueron receptados en la meseta aluvial de Ibagué, más exactamente en los predios de la “Hacienda La Miel”- Vereda “Buenos Aires”. Allí por medio de la resolución CORTOLIMA No.0354 de 2004 se autorizó la ubicación y puesta en operación del Relleno Sanitario de disposición final de residuos sólidos-inicialmente para Ibagué- operado por la empresa Interaseo S.A.S. E.S.P que se soporta en el expediente L-13439 y que en reiteradas ocasiones refleja incumplimientos de obligaciones ambientales, especialmente en el manejo, tratamiento y vertimiento de los lixiviados a fuentes hídricas del sector, colocando en grave riesgo uno de los principales activos ambientales del Tolima como el “Acuífero Fluvio-Volcánico de Ibagué”.       

La inquietud que resulta preocupante de esta nueva solicitud es que al parecer, en la planeación y propuesta de modificación de la licencia ambiental radicada por Interaseo S.A.S, E.S.P no se incluyen las líneas de política pública del gobierno actual denominado “Programa Basura Cero” y los lineamientos y compromisos asumidos en acuerdos y tratados internacionales de evitar continuar enterrando los residuos sólidos en rellenos sanitarios o en el peor de los casos en botaderos a cielo abierto. Resulta que los Objetivos de Desarrollo Sostenible-ODS y especialmente la Ley 2294 de 2023 (art. 227), dispone sobre la necesidad de migrar dicha actividad hacia estrategias  de economía circular a través de parques tecnológicos y ambientales donde se realice el adecuado tratamiento  y valorización de los residuos sólidos a fin de lograr la conservación del ambiente y la mitigación del Cambio Climático. Acciones que no se observan a primera vista en la propuesta radicada por la empresa operadora y simplemente solicita modificación de la licencia ambiental para continuar en su  actividad de “enterramiento”  e incluir los permisos de vertimientos de aguas residuales sobre la quebrada “Guacarí” y nada más ni menos, el aprovechamiento de 8.938 árboles de diferentes especies nativas e introducidas y la recolección de especies de fauna y flora presentes en este importante sector. 

Como se observa, no es una modificación de licencia cualquiera, por lo que debemos esperar de las principales entidades y autoridades de orden Departamental y Municipal (Procuraduría, Alcaldías Municipales, Personería, Secretaría de Ambiente y Gestión del Riesgo Departamental, entre otras) la apropiación del tema con seriedad y compromiso a fin de evitar el despropósito de dejar pasar la Audiencia Pública Ambiental programada para el próximo 12 de junio, sin que se den las suficientes garantías para que las  “Fuerzas Vivas” de la región se pronuncien y obliguen a la Autoridad Ambiental Regional, actuar en consecuencia  con las exigencias del nuevo orden para tratar y disponer los residuos sólidos de más de 13 municipios e Ibagué incluyendo alternativas a la disposición final (tratamiento de residuos sólidos) como las descritas en la Resolución MVCT No. 938 de 2019, que relaciona las diferentes categorías de la actividad de tratamiento de estos residuos en el marco de un servicio público de aseo que implemente -a manera de ejemplo- tratamiento térmico con fines de recuperación de energía, o tratamiento biológico de residuos orgánicos separados en la fuente, con transporte y recogida selectiva o tratamiento biológico mecánico (previo y posterior a la disposición final)  y no solo acceder a la actividad más fácil “seguir enterrando residuos” en el solar de nuestra capital.

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