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Magistrado tolimense lanzó duros regaños contra su paisana, la juez Heredia

Magistrado tolimense lanzó duros regaños contra su paisana, la juez Heredia

El magistrado Leonel Rogeles, el expresidente Álvaro Uribe y la juez Sandra Liliana Heredia.
 

Un nuevo capricho del azar quiso que otro jurista tolimense tuviera en sus manos el destino del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Al proceso de primera instancia que llevó la juez 44 penal con función de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, se sumó ahora el fallo de tutela que emitió el magistrado, también tolimense, Leonel Rogeles.

Con su fallo de tutela, conocido el martes 19 de agosto, Rogeles tumbó la orden de detención domiciliaria preventiva que Heredia impuso sobre Uribe, luego de dictarle 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. Sin embargo, lo que más llamó la atención es que, con su decisión, el magistrado oriundo del Líbano esgrimió sendas amonestaciones contra la juez nacida en Alpujarra.

"Los criterios utilizados para justificar la necesidad de la medida fueron vagos, indeterminados e imprecisos como la percepción ciudadana, el efecto ejemplarizante, la convivencia pacífica y el orden social, los cuales resultan desatinados", esgrimió Rogeles en su fallo.

Según el magistrado libanense, resulta incomprensible cómo ayudaría la detención de Uribe a la convivencia pacífica y al orden social. Por tanto, le recordó a la juez Heredia que Uribe "solo debe responder por lo que hizo o dejó de hacer, no por su personalidad, ideas ni características, lo cual utilizó la operadora de justicia como un criterio de la peligrosidad por ella percibida, lo cual es subjetivo".

En su argumentación, Rogeles dejó ver que resulta ambigua la preocupación de la juez Heredia sobre la percepción de impunidad que podría tener la sociedad civil si dejaba en libertad a Uribe.

"La falladora no justificó algún riesgo de fuga; por el contrario, aceptó el buen comportamiento del encartado durante la actuación penal y en la demanda de amparo se destacó que, pese a sus ocupaciones a nivel internacional que implicaron su salida del país en varias oportunidades en el decurso de esa actuación, siempre informó de esa situación y retornó", se lee en el documento.

Otro de los motivos de Heredia para sustentar la detención de Uribe consistió en lo que ella consideró estrategias dilatorias a lo largo del juicio, lo que interpretó como posibles obstrucciones a la justicia. Argumento que también desmontó el magistrado Rogeles.

"El análisis con el que se motivó la captura inmediata del tutelante no obedeció a criterios de necesidad, adecuación, proporcionalidad y razonabilidad, al limitarse a argumentos, en su mayoría genéricos, ambiguos, subjetivos, ajenos a la realidad procesal y/o no probados, en perjuicio de la prerrogativa fundamental de la libertad individual", sentenció Rogeles.

En cualquier caso, el fallo de tutela tiene que ver únicamente con la medida de detención domiciliaria preventiva y en nada interviene sobre el fallo de segunda instancia que deberá emitir el Tribunal Superior de Bogotá antes del próximo 16 de octubre.

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