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Gobierno firma 11 decretos para acelerar la reconstrucción tras el terremoto
Presidencia de Colombia. De la Espriella señaló “cada decisión que tomemos tiene que llegar a las familias que hoy esperan que el Estado, que el Gobierno, les responda, como es nuestro deber".
El Gobierno Nacional firmó 11 nuevos decretos en el marco de la Emergencia Económica declarada por el terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto, que dejó 29.554 personas afectadas, 36.326 viviendas afectadas y alrededor de 661.000 damnificados, según las cifras presentadas por el Ejecutivo.
Los decretos, expedidos el 9 de septiembre, buscan, según el Gobierno, pasar de la atención inmediata de la emergencia a la recuperación y reconstrucción de los territorios afectados.
“Es un paso fundamental para pasar de la atención inmediata de la emergencia a la recuperación y reconstrucción de nuestro país”, señaló el presidente Abelardo De La Espriella al anunciar la firma de las 11 nuevas medidas junto con su gabinete ministerial.
De La Espriella señaló que las nuevas medidas buscan dar liquidez y herramientas a departamentos y municipios para atender la emergencia en sus territorios. Entre ellas se encuentra la creación del Fondo Patria Milagro, destinado a canalizar y administrar recursos para las zonas afectadas, así como la adopción de 17 medidas financieras, administrativas e institucionales para fortalecer temporalmente la capacidad de respuesta de las entidades territoriales.
Reconstrucción tras el terremoto
El Gobierno habilitó, a través del Decreto Legislativo 1383 de 2026, el uso excepcional de recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet). La medida busca que las entidades territoriales puedan utilizar los fondos acumulados para cubrir obligaciones pensionales y, de esta manera, liberar recursos propios que puedan ser destinados a la atención de la emergencia.
El Decreto Legislativo 1389 de 2026 implementa una modalidad especial de Obras por Impuestos, con el propósito de vincular recursos y capacidad de ejecución del sector privado a la reconstrucción.
El Gobierno aseguró que esta medida permitirá “movilizar recursos y especialmente la capacidad de ejecución del sector privado para atender los daños ocasionados por el terremoto”, bajo un esquema en el que “el Estado, las regiones y los empresarios tenemos que trabajar juntos para reconstruir a nuestro país”, de modo que los recursos se conviertan rápidamente en vías, infraestructura, equipamiento y colegios.
El Decreto Legislativo 1381 de 2026 habilita la inversión interjurisdiccional sin beneficio propio, permitiendo que entidades territoriales no afectadas o con capacidad fiscal financien o cofinancien proyectos en municipios declarados en emergencia.
Ante las dudas sobre esta decisión, De La Espriella explicó que se tomó porque “una emergencia de esta magnitud no reconoce fronteras municipales ni departamentales”.
A través del Decreto Legislativo 1380 de 2026, se autorizan recursos del Fondes para garantizar la prestación del servicio de energía en los territorios afectados. Estos recursos estarán destinados exclusivamente a cubrir necesidades extraordinarias de capital de trabajo, adquisición de energía y labores de reconexión y reparación de la red eléctrica.
Medidas para la educación
En materia educativa, el Decreto Legislativo 1386 de 2026 permitirá dictar clases temporalmente en lugares distintos a las sedes escolares afectadas. Además, se dispondrán recursos para garantizar el funcionamiento de las instituciones y se flexibilizará el calendario académico.
Por su parte, el Decreto Legislativo 1388 de 2026 faculta al Ministerio de Educación Nacional para autorizar la reorganización, redistribución o reprogramación de las semanas de trabajo académico del año lectivo 2026, previa solicitud de las Entidades Territoriales Certificadas (ETC).
Asimismo, mediante el Decreto Legislativo 1387 de 2026, se suspende la aplicación de descuentos o reducciones en las asignaciones del Sistema General de Participaciones (SGP) derivadas de los procesos de auditoría a la matrícula registrada en el SIMAT durante la vigencia 2026, en las ETC afectadas por la emergencia.
Por su parte, el Decreto Legislativo 1384 de 2026 regula aspectos relacionados con la función administrativa, el empleo público y la gestión institucional. La norma autoriza medidas como el trabajo en casa, la simplificación de trámites, la suspensión o ampliación de términos, la creación de plantas temporales nacionales y el aplazamiento de concursos de mérito de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
Finalmente, el Decreto Legislativo 1385 de 2026 autoriza de manera excepcional al DANE a suministrar información estadística sujeta a reserva a las entidades públicas encargadas de la atención y planificación de la reconstrucción. La medida busca facilitar la identificación de las familias afectadas, establecer sus necesidades y mejorar la focalización de los recursos destinados a la recuperación de los territorios.
El gobierno explicó que es necesario reconocer, “dónde están las familias, cuáles son sus condiciones socioeconómicas, dónde están las mayores necesidades y cómo debemos focalizar en cada caso, en particular, los recursos públicos”.
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