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El aborto vuelve al debate en Colombia tras proyecto de bancada provida
La interrupción Voluntaria del Embarazo en Colombia vuelve a estar en el centro del debate. Esta vez, la denominada bancada provida del Congreso, uno de cuyos voceros es el representante David Cote del Centro Democrático.
Aunque sus promotores sostienen que la iniciativa no busca modificar directamente el Código Penal ni revocar las sentencias de la Corte Constitucional, de ser aprobada podría cambiar el marco constitucional bajo el cual se interpretan las normas relacionadas con el aborto.
La IVE en Colombia
La discusión no es nueva. La IVE ha sido objeto de debate jurídico y político desde la segunda mitad del siglo XX, impulsado por organizaciones feministas que promovieron el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos y el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo.
Hasta 2006, el la interrupción del embarazo estaba penalizado en Colombia. Ese año, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-355 de 2006, despenalizó la práctica en tres circunstancias: cuando el embarazo representa un riesgo para la vida o la salud de la mujer gestante; cuando existe una grave malformación fetal incompatible con la vida, y cuando el embarazo es resultado de violación, incesto o inseminación artificial no consentida.
Posteriormente, organizaciones como Causa Justa promovieron una demanda para eliminar el delito del aborto del Código Penal. Como resultado, la Corte profirió la Sentencia C-055 de 2022, mediante la cual lo despenalizó hasta la semana 24 de gestación por decisión de la mujer gestante. Después de ese plazo, continúa vigente el modelo de las tres causales establecido en 2006, sin límite de edad gestacional.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la interrupción de un embarazo es un procedimiento que se realiza antes de que el feto sea viable fuera del útero. El organismo recomienda que, cuando se practique, se haga de forma legal y segura para reducir la morbilidad y la mortalidad materna.
El proyecto
La bancada provida presentó un proyecto de acto legislativo para modificar el artículo 11 de la Constitución. La iniciativa propone que el texto constitucional establezca que "la vida humana existe desde la fecundación" y que "el ser humano en gestación es sujeto de especial protección constitucional".
Según sus autores, el proyecto no modifica de manera directa el Código Penal ni regula los procedimientos médicos, sino que establece un nuevo marco constitucional para orientar el desarrollo de la legislación y la jurisprudencia sobre el derecho a la vida.
¿Qué ha dicho la Corte Constitucional?
La Corte Constitucional ha sostenido que la vida en gestación es un bien constitucional que merece protección, pero que esa protección no es absoluta ni puede desconocer los derechos fundamentales de las mujeres y personas gestantes.
En sus decisiones, el alto tribunal ha señalado que obligar a una mujer a continuar un embarazo en contra de su voluntad puede vulnerar derechos como la dignidad humana, la autonomía, la salud, la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad. Por ello, concluyó que el derecho penal no debe utilizarse como mecanismo principal para sancionar el aborto durante las primeras 24 semanas de gestación.
Asimismo, la Corte ha diferenciado entre la protección constitucional de la vida en gestación y el reconocimiento de la personalidad jurídica. De acuerdo con la Constitución y el Código Civil, la personalidad jurídica comienza con el nacimiento, mientras que la vida prenatal recibe una protección constitucional que es gradual e incremental y debe armonizarse con los derechos fundamentales de la mujer gestante.
El debate queda abierto. Organizaciones feministas como Causa Justa sostienen que la iniciativa no busca proteger la vida ni los derechos de las mujeres y personas gestantes, sino penalizar el aborto. Además, advierten que este tipo de propuestas puede generar desinformación y nuevas barreras para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo dentro del marco legal vigente.
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