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¡Condenado Andrés Hurtado!

¡Condenado Andrés Hurtado!

Exalcalde de Ibagué, Andrés Hurtado. Condenado en primera instancia. 

El Juzgado Octavo Penal del Circuito de Ibagué dio a conocer el sentido del fallo en primera instancia condenatorio contra el exalcalde Andrés Hurtado y el exgerente del IMDRI, Alejandro Ortiz, procesados por el delito como coautor de peculado por uso tras la celebración del cumpleaños del hijo del exmandatario en el estadio Manuel Murillo Toro.

Cinco años después la polémica por el presunto uso del estadio Manuel Murillo Toro para celebrar el cumpleaños del hijo del entonces alcalde de Ibagué, Andrés Hurtado, este lunes 27 de julio se dictó sentencia del proceso por el delito de peculado por uso en donde fue hallado culpable.

La decisión también cobija al exgerente del Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación de Ibagué (IMDRI), Alejandro Ortiz, quien, según la Fiscalía, habría permitido el uso indebido del escenario deportivo para un evento de carácter particular.

El proceso se originó por los hechos ocurridos el 6 de marzo de 2021, cuando se denunció que el estadio Manuel Murillo Toro habría sido utilizado para la celebración del cumpleaños del hijo menor del entonces mandatario. La investigación comenzó tras un debate de control político promovido por el entonces concejal Rubén Darío Correa, quien presentó fotografías, videos y testimonios sobre lo ocurrido.

Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que las pruebas demostraban que el escenario deportivo fue destinado a una celebración privada, para la cual ingresaron invitados, alimentos, decoración, sonido, árbitros y narración deportiva. Con base en estos elementos, el ente acusador solicitó una sentencia condenatoria para ambos procesados.

La defensa, por su parte, insistió en que Andrés Hurtado se encontraba realizando una visita institucional al estadio para inspeccionar las obras y asistir a un campeonato de fútbol infantil, por lo que pidió la absolución tanto del exalcalde como del exgerente del IMDRI.

El despacho judicial señaló que la Fiscalía logró demostrar, más allá de toda duda razonable, que el estadio Manuel Murillo Toro fue utilizado de manera indebida por Andrés Hurtado y si Alejandro Ortiz permitió ese presunto uso irregular del bien público.

Durante la lectura del sentido del fallo, el juez afirmó que los videos presentados por la Fiscalía conservan plena autenticidad y que la defensa no logró desvirtuar su validez probatoria ni poner en duda su autenticidad.

Asimismo agregó, que la defensa no logró desvirtuar los testimonios de los testigos presentados por la Fiscalía, entre ellos los del vigilante del estadio, el narrador deportivo y la exgerente del IMDRI, cuyas declaraciones fueron consideradas consistentes y coherentes con el resto del material probatorio.

El juez concluyó que los elementos probatorios acreditan que se trató de un evento de carácter privado y no de una actividad institucional o propia de las funciones del entonces alcalde. En ese sentido, señaló que el escenario deportivo fue utilizado para una celebración particular, configuración que sustentó la responsabilidad atribuida a los procesados por el delito de peculado por uso.

El sentido del fallo marca un momento clave para el exalcalde, al constituir la primera decisión penal adversa derivada de su administración, en medio de otros procesos judiciales que enfrenta por presuntas irregularidades durante su paso por la Alcaldía de Ibagué.

Asimismo, juez señaló que, atendiendo los reiterados pronunciamientos de la Sala de Casación, no se dispondrá la privación de la libertad de los procesados hasta que la decisión quede ejecutoriada, es decir, cuando adquiera firmeza y no procedan más recursos.

Tras dar a conocer el sentido condenatorio del fallo, el Juzgado Octavo Penal del Circuito de Ibagué programó para el próximo 30 de julio la audiencia de lectura de la sentencia, en la que se definirá la pena que deberán cumplir Andrés Hurtado y el exgerente del IMDRI, Alejandro Ortiz.

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