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¿Pirómanos o jornaleros? Las dudas detrás de la captura de dos campesinos en Dolores

¿Pirómanos o jornaleros? Las dudas detrás de la captura de dos campesinos en Dolores

Archivo. Los hombres fueron capturados el 25 de agosto y, dos días después, el 27 de agosto, un juez les impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.

Dos jornaleros del municipio de Dolores, Tolima, permanecen privados de la libertad y enfrentan un proceso judicial por los delitos de incendio y deforestación, luego de ser señalados por las autoridades como presuntos responsables de una conflagración ocurrida en zona rural del departamento.

Se trata de Julio César Morales Herrera, de 46 años, y Leonidas Merjado Hurtado, de 38, quienes fueron capturados el pasado 25 de agosto en la vereda La Guacamaya.

La Fiscalía sostiene que los dos hombres fueron sorprendidos por la Policía mientras realizaban quemas no autorizadas y avivaban las llamas. Según la investigación oficial, el fuego habría afectado cerca de seis hectáreas de suelo y cobertura vegetal, además de generar afectaciones sobre fauna silvestre.

Un juez de control de garantías les impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario. Los procesados no aceptaron los cargos.

Sin embargo, una versión diferente sobre lo ocurrido fue presentada en El Reporte Coronell, de Noticias Uno, donde el abogado de los dos campesinos, Edwin Trujillo, cuestionó las pruebas utilizadas por la Fiscalía y la forma en que se construyó la imputación.

Una quema de 40 metros cuadrados

De acuerdo con el abogado, existe una diferencia sustancial entre la magnitud que la Fiscalía atribuyó al hecho y lo que, según él, aparece en los elementos materiales probatorios.

Trujillo aseguró en el informe que la Fiscalía habló de una afectación superior a seis hectáreas, pero que el comandante del Cuerpo Oficial de Bomberos de Dolores habría referido en su entrevista una extensión cercana a 40 metros cuadrados.

La defensa también sostiene que el comandante de Bomberos calificó lo ocurrido como un “conato”, es decir, un incendio de pequeña magnitud que pudo ser controlado rápidamente.

La acusación o la imputación que hizo la Fiscalía contra estos dos ciudadanos está supremamente inflada, no corresponde a la realidad”, afirmó Trujillo.

¿Los campesinos estaban haciendo una quema contratada?

El Reporte Coronell recogió también la versión según la cual Morales Herrera y Merjado Hurtado habrían sido contratados para realizar labores de limpieza y quema de maleza en la finca Platanales, donde ocurrieron los hechos.

Según la información presentada en el informe, la propietaria del predio, Rubiela González Ortiz, habría solicitado a los dos jornaleros realizar estas labores.

El informe señala además que González Ortiz tendría vínculos contractuales con la Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima.

La defensa sostiene que los campesinos estaban realizando una práctica rural conocida como roza y quema y que la labor correspondía a la limpieza de una parcela.

La Fiscalía sostiene que fueron seis hectáreas

Según la investigación, los hechos ocurrieron el 25 de agosto, cuando agentes de la Policía llegaron al predio de la vereda La Guacamaya y encontraron a los dos hombres realizando quemas que no contaban con autorización. Posteriormente, una verificación técnica habría establecido una afectación cercana a seis hectáreas.

Las autoridades también han señalado que los dos hombres habrían sido requeridos anteriormente, el 24 de julio, por una situación similar y que en esa oportunidad habrían recibido una advertencia sobre la prohibición de realizar este tipo de quemas.

La captura se produjo el 25 de agosto. Al día siguiente se realizó la audiencia de legalización de captura y el 27 de agosto un juez de control de garantías impuso la medida de aseguramiento en establecimiento carcelario bajo los delitos de incendio y deforestación.

La defensa, por su parte, sostiene que las pruebas no demostrarían la existencia de las conductas en los términos planteados durante la audiencia y cuestiona especialmente la magnitud de la afectación atribuida a los procesados.

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