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Política

Polo Polo no sólo a ofrecer disculpas, sino a restituir botas que envió a la basura

Polo Polo no sólo a ofrecer disculpas, sino a restituir botas que envió a la basura

Congresista Miguel Polo Polo 

Por orden de un juez, el representante a la Cámara Miguel Polo Polo deberá ofrecer  disculpas por haber ofendido a las madres de víctimas de falsos positivos. En la misma decisión judicial, se ordena también que el controvertido representante restituya las botas que envió a la basura.

La decisión que se tomó en el juzgado 30 civil del Circuito de Bogotá, le da tres días al congresista Polo Polo para que ofrezca las disculpas públicas a las sufridas madres que perdieron a sus hijos en tan inhumano acto.

Como se recordará el hecho que cometió el congresista Miguel Polo Polo en la Plaza Núñez del capitolio tuvo un rechazo generalizado por la opinión colombiana. Fue un bochornoso incidente de irrespeto absoluto a la memoria de las víctimas de lo que se ha denominado el más execrable en la historia de Colombia como han sido los falsos positivos.

Fue el pasado 6 de noviembre cuando en la Plazoleta Núñez del Congreso, las  madres de las víctimas habían instalado una muestra artística en memoria de sus hijos víctimas de las ejecuciones extrajudiciales, para ello decoraron botas de caucho que exhibieron en el lugar y el congresista Polo Polo las tomó y las echó en una bolsa de basura, además de negar la existencia de los mal llamados falsos positivos.

Lo que dice el fallo

Conceder el amparo deprecado por Daniel David Martínez Avilez y Raymundo Francisco Marenco Boekhoudt, contra el congresista Miguel Abraham Polo Polo, por la vulneración a sus derechos fundamentales al buen nombre, honra, dignidad humana, verdad judicial e histórica, reparación integral, rectificación o respuesta, reunión, violación a las garantías de no repetición, no recibir tratos crueles, inhumanos, humillantes ni degradantes, libertad de expresión, libre desarrollo de la personalidad, seguridad jurídica de la memoria y no revictimización, por las razones anteriormente expuestas”, reza el fallo de la acción de tutela del Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá.

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