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Opinión

Las pensiones no son un regalo

Las pensiones no son un regalo

Por: Edgardo Ramírez Polanía
Doctor en Derecho.


Los adultos mayores, como se les llama eufemísticamente o los viejos, protestan calladamente, no lanzan piedras, no marchan y cada gobierno ha querido desconocer sus derechos adquiridos con justo título como es la pensión de jubilación.

Las pensiones de jubilación son un derecho fundamental protegido por la Constitución Nacional y ligado a la subsistencia y a la vida que gozan de especial protección del Estado y según el artículo 48 constitucional las pensiones de jubilación no pueden ser disminuidas.

El actual gobierno en el proyecto de la reforma pensional aprobado en la plenaria del Senado de la República, incluyó el artículo 84  denominado tratamiento tributario que aprobó un gravamen a las pensiones desde $ 3.922.000, en el numeral 5º estableció que las pensiones estarán exentas de renta sólo en la parte que exceda las  1000 UVT o unidad de valor tributario para calcular quienes pagan impuesto, ese valor en 2024  equivale a $47.065 y como dice que lo que exceda en 1000 la UVT o $47.065.000, será sujeto de impuesto de renta, al no decir que ese valor es mensual, se entenderá que es anual y al dividir los 47.065.000 entre 12 meses se llega a la cifra de $3.922.000 que es el valor de las pensiones que serían gravadas reduciendo el ingreso de las familias que dependen de esa prestación.  

El gravamen afecta la canasta familiar debido a que el impuesto mínimo es del 19% y si una persona tiene una pensión de $5.000.000 lo que excede los 1000 UVT son $1.078.000 al multiplicar ese valor por 19% la tarifa mínima de renta, da un valor a pagar mensual de impuesto nuevo de $204.000 que multiplicado por 12 meses resulta un impuesto a pagar de $2.457.000 anual que golpea la canasta familiar del pensionado.

Es conveniente aclararle al actual gobierno como se ha hecho con algunos de los anteriores, que la pensión de jubilación no es un regalo o dádiva del gobierno nacional. Es un ahorro del pensionado a través de su vida laboral porque pagó impuesto en sus años de cotización y que conforme al artículo 48 de la Constitución Nacional adicionado por el artículo 1º del Acto Legislativo 1 de 2005 declarado exequible mediante la sentencia C-277 de 2007, no se puede reducir su valor. Dice la norma: “Sin perjuicio de los descuentos, deducciones y embargos a pensiones ordenados de acuerdo con la ley, por ningún motivo podrá dejarse de pagar, congelarse o reducirse el valor de la mesada de las pensiones reconocidas conforme a derecho”. (Subraya fuera del texto).

Dirán los acuciosos funcionarios, pero gravarlas sí. La Constitución dice que no. Si el gobierno requiere recursos que evite la campante corrupción y que se paguen los impuestos que la ley ordene.

“En materia pensional se respetarán todos los derechos adquiridos” … “No podrá dictarse disposición o invocarse acuerdo alguno para apartarse de lo allí establecido”. El gravamen aprobado a las pensiones mediante una ley disminuye las mismas violando una norma supra legal como es la Constitución Nacional.

Con la disminución de las pensiones a sus beneficiarios no solamente se viola el artículo 25 de la Constitución Nacional, sino que se abre una brecha ilegal, para cualquier gobierno atente contra los Derechos Fundamentales. El principio de los Derechos adquiridos no permite que leyes nuevas desconozcan su contenido, sino que operen hacia el futuro como lo ha reiterado la ley y la jurisprudencia. Obrar en contrario no sólo es inconveniente sino ilegal.

Por esa razón la Constitución Nacional prohíbe el desconocimiento de situaciones jurídicas consolidadas erigiéndose el principio de la irretroactividad de la ley que no puede ser desconocido por leyes posteriores. Existen derechos inalienables en nuestra Carta Política como, el derecho a la libertad y la vida y los derechos adquiridos con justo titulo como la propiedad, cuyo reconocimiento, respeto y garantía hacen parte del propio fin del Estado, intangible y generador de seguridad jurídica.

Es indispensable la defensa de estos principios que deben ser un factor primordial de cohesión nacional y que el Congreso de la República y el gobierno que presentó el proyecto, preserven los derechos adquiridos en ese proyecto de reforma pensional, para que exista un orden social justo.

En los últimos gobiernos, todo vacila, todo tiembla bajo un manto de incertidumbre, desconfianza y temor, cuando quiera que el Estado debe brindar al ciudadano la seguridad jurídica y personal que son las bases de la democracia y garantizar los demás derechos fundamentales de los ciudadanos para que exista la paz y la convivencia social y no el llamado a la confrontación

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