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La protesta social en Colombia

La protesta social en Colombia

Por: Edgardo Ramírez Polanía


La protesta social en Colombia ha acompañado a los inconformes en su prolongada lucha contra las desigualdades, los privilegios y las distintas formas de arbitrariedad. No constituye necesariamente una manifestación de rebeldía contra las instituciones, sino que, en muchas ocasiones, representa el último recurso de quienes han agotado los caminos ordinarios sin encontrar respuesta a sus legítimas aspiraciones.

La razón consiste en que la historia de los pueblos no solamente se escribe en los despachos de los gobernantes, en las deliberaciones del Congreso de la República o en las decisiones de los tribunales. También se construye en las calles, en las plazas públicas y en aquellos lugares donde los ciudadanos levantan su voz para reclamar derechos que consideran desconocidos o vulnerados por quienes ejercen el poder.

Colombia posee una extensa tradición de inconformidad social. Desde la insurrección de los Comuneros en 1781, motivada por los abusos fiscales de la Corona española, hasta las movilizaciones obreras, campesinas y estudiantiles de los siglos XX y XXI, numerosos sectores de la población han encontrado en la protesta una manera de hacerse escuchar frente a las autoridades.

La huelga de los trabajadores bananeros de 1928 constituyó uno de los episodios más dolorosos de nuestra historia. Las reclamaciones por condiciones laborales dignas terminaron enfrentadas a la fuerza pública, con un número de víctimas que todavía suscita controversias históricas. Aquel acontecimiento dejó una enseñanza que conserva vigencia, cuando el poder responde a las demandas sociales mediante la violencia y no resuelve las causas del conflicto, sino que profundiza las heridas de la sociedad.

Con el transcurso de los años, las organizaciones sindicales, los movimientos campesinos, las comunidades indígenas y los estudiantes han contribuido a conquistar derechos que hoy forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. Muchas garantías laborales y sociales, que las nuevas generaciones consideran naturales, fueron el resultado de prolongadas luchas colectivas.

La Constitución de 1991 significó un avance fundamental al reconocer expresamente, en su artículo 37, el derecho del pueblo a reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Esta garantía no constituye una concesión graciosa de los gobernantes, sino una expresión de la soberanía popular y del carácter democrático del Estado colombiano.

Conviene recordar que la democracia no se agota en el ejercicio periódico del sufragio. Elegir gobernantes no significa entregarles una autorización ilimitada para decidir sobre el destino colectivo. El ciudadano conserva el derecho de disentir, cuestionar las políticas públicas, exigir explicaciones y reclamar pacíficamente la rectificación de las decisiones que considere contrarias al interés general.

La protesta adquiere especial importancia cuando las instituciones pierden sensibilidad frente a las necesidades de la población. Una comunidad que carece de agua potable, unos campesinos que no encuentran condiciones para comercializar sus productos o unos jóvenes que reclaman oportunidades educativas no pueden ser considerados enemigos del orden público por el solo hecho de manifestar su inconformidad.

El problema comienza cuando algunos gobernantes confunden la autoridad con la imposición y consideran que toda discrepancia constituye una amenaza contra su permanencia en el poder. Esta concepción desconoce que las instituciones existen para servir a los ciudadanos y no para exigirles obediencia silenciosa.

Tampoco debe convenirse la protesta en una turba de manifestantes que se enfrentan y agreden a las autoridades, rompen los monumentos, los vidrios de los establecimientos, impiden el transporte y paralizan el comercio con incendios de llantas y pedreas. La protesta tiene sus límites y está regulada por las disposiciones del código de Policía y el código penal si se cometen contravenciones y delitos.

Las grandes movilizaciones ocurridas en Colombia durante 2019 y 2021 pusieron de manifiesto profundas insatisfacciones relacionadas con la desigualdad, el desempleo, las oportunidades de la juventud, las reformas gubernamentales y la desconfianza por las privatizaciones y las ventas de las reservas de oro de la nación. En ellas participaron sectores diversos, unidos por inconformidades que no siempre respondían a una misma orientación política.

Sin embargo, sería equivocado desconocer que algunas manifestaciones derivaron en actos de vandalismo, destrucción de bienes públicos y privados, agresiones y graves afectaciones a ciudadanos ajenos a las protestas. Tales conductas no pueden justificarse invocando el derecho constitucional a la manifestación.

La legitimidad de una causa no convierte en legítimos todos los procedimientos utilizados para defenderla. La protesta pacífica merece protección; la violencia, cualquiera que sea su procedencia, exige una respuesta ajustada a la Constitución y a la ley.

De igual manera, resulta inadmisible que la fuerza pública, encargada de proteger la vida y garantizar los derechos ciudadanos, incurra en actuaciones arbitrarias o desproporcionadas. El Estado tiene la obligación de preservar la convivencia y proteger a quienes no participan en las manifestaciones, pero esa responsabilidad debe ejercerse dentro de los límites impuestos por los derechos humanos y las garantías constitucionales.

No puede existir una democracia auténtica donde los ciudadanos teman expresar sus opiniones, como tampoco puede consolidarse una convivencia civilizada cuando determinados grupos pretenden imponer sus reclamaciones mediante la intimidación o la destrucción.

La protesta social tampoco pertenece exclusivamente a una corriente ideológica. Quienes hoy gobiernan pudieron haberla defendido cuando se encontraban en la oposición, y quienes ayer ejercían el poder pueden reclamarla cuando dejan de ocuparlo. Esa circunstancia demuestra que los derechos fundamentales no deben depender de las conveniencias políticas de cada momento.

Una sociedad democrática necesita gobernantes capaces de escuchar y ciudadanos dispuestos a reconocer que sus derechos encuentran límites en los derechos de los demás. La autoridad no pierde legitimidad por dialogar, ni la ciudadanía renuncia a su dignidad cuando acepta soluciones razonables.

Las manifestaciones colectivas pueden convertirse en oportunidades para corregir injusticias, mejorar las instituciones y ampliar la participación ciudadana. Pero también pueden ser utilizadas por dirigentes interesados en obtener beneficios electorales, estimular antagonismos o aprovechar el descontento popular para alcanzar posiciones de poder.

Por ello, resulta indispensable distinguir entre las aspiraciones legítimas de una comunidad y los intereses de quienes pretenden apropiarse de su representación. Ningún dirigente político, sindical o social puede atribuirse la condición de intérprete exclusivo de la voluntad popular.

Colombia necesita superar la antigua costumbre de considerar adversario a quien piensa de manera diferente. La diversidad de opiniones no debilita la democracia; por el contrario, constituye una de sus mayores riquezas, siempre que las diferencias puedan expresarse sin persecuciones, amenazas ni violencia.

Después de tantas décadas de enfrentamientos políticos y conflictos sociales, deberíamos haber aprendido que la paz no consiste simplemente en la ausencia de protestas. Una sociedad puede permanecer silenciosa por temor, resignación o indiferencia, sin que ese silencio signifique justicia o bienestar.

La verdadera estabilidad de las instituciones descansa en su capacidad para atender las necesidades colectivas, corregir sus equivocaciones y reconocer que ninguna autoridad posee el monopolio de la verdad.

Los pueblos no salen a las calles únicamente porque alguien los convoque. Muchas veces lo hacen porque durante demasiado tiempo nadie los ha escuchado.

Una democracia no demuestra su fortaleza cuando consigue silenciar la inconformidad, sino cuando tiene la madurez suficiente para escucharla, comprender sus causas y transformar las demandas legítimas en soluciones.

Porque el poder es transitorio, mientras que la dignidad humana y el derecho de los pueblos a reclamar justicia deben permanecer por encima de quienes, circunstancialmente, ejercen la autoridad.

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