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La Procuraduría pide mantener elección de Marco Hincapié y Renzo García

La Procuraduría pide mantener elección de Marco Hincapié y Renzo García

Marco Emilio Hincapié y Renzo García, representantes a la Cámara por el Pacto Histórico en el Tolima.

La Procuraduría Séptima Delegada ante el Consejo de Estado solicitó negar la demanda que busca anular la elección de Marco Emilio Hincapié y Renzo García como representantes a la Cámara por el Tolima para el periodo 2026-2030.

El concepto emitido lunes 28 de septiembre fue presentado dentro del proceso de nulidad electoral promovido por Javier Rodríguez Figueroa.

La demanda

La demanda de nulidad fue promovida por Javier Rodríguez Figueroa, quien participó en la consulta del Pacto Histórico del 26 de octubre de 2025 y obtuvo 1.608 votos, quedando en el séptimo lugar. Sin embargo, su nombre no terminó en la lista que la colectividad presentó para la Cámara por el Tolima.

Rodríguez sostiene que, tras la renuncia de dos candidatos que habían obtenido más votos que él, debía subir en la lista y ocupar uno de los renglones de la candidatura. También cuestionó la inclusión de Tatiana Carolina Cruz y Martha Lisbeth Alfonso en la lista que posteriormente presentó la coalición Pacto Verde por el Tolima.

En esa consulta, Hincapié fue el candidato más votado, con 19.969 votos, seguido de Renzo García, con 16.375 y, tras las elecciones del 8 de marzo de 2026, obtuvieron las dos curules de la Cámara.

Los argumentos de la Procuraduría

Para la Procuraduría, la demanda no logró demostrar que la elección de los dos representantes hubiera desconocido las reglas de la consulta. El Ministerio Público destacó que ambos participaron en el mecanismo, obtuvieron las dos mayores votaciones, fueron inscritos y posteriormente alcanzaron los votos necesarios para obtener las curules.

Uno de los puntos analizados fue la situación de Tatiana Cruz Mahecha, quien había presentado su renuncia antes de la consulta. La Procuraduría encontró que no estaba acreditado que dicha renuncia hubiera cumplido las exigencias legales para hacerse efectiva. Por esa razón, consideró que sus votos podían ser tenidos en cuenta y que su permanencia en la lista no constituyó una irregularidad.

También fue revisada la inclusión de Martha Lisbeth Alfonso Jurado, quien no participó en la consulta. Aunque este hecho fue reconocido por la Procuraduría, el concepto señala que el acuerdo que reguló el proceso permitía posteriormente conformar coaliciones e incorporar nuevos candidatos, siempre bajo las condiciones establecidas previamente.

En consecuencia, la Procuraduría concluyó que no se acreditó el desconocimiento de los resultados de la consulta ni una irregularidad con incidencia suficiente para anular la elección de Hincapié y García. Por ello, solicitó al Consejo de Estado negar las pretensiones de la demanda de nulidad electoral promovida por Rodríguez Figueroa.

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