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Juristas califican de exagerada la regulación política de la Alcaldía de Murillo

Juristas califican de exagerada la regulación política de la Alcaldía de Murillo

La alcaldesa de Murillo, Camila Sánchez y el secretario de Gobierno, Rafael Francisco Ardila.

A raíz de una denuncia presentada por la candidata y congresista Martha Alfonso, quien señaló una presunta vulneración de las garantías electorales tras la expulsión de su equipo de campaña —que realizaba labores proselitistas y de volanteo en el municipio—, la alcaldesa de Murillo, María Camila Sánchez, junto con el secretario de Gobierno, Rafael Francisco Ardila, salieron defensores de la actuación de la administración municipal.

De acuerdo con la alcaldesa, las actividades políticas en Murillo están reguladas por el Decreto 0126 del 4 de diciembre de 2025. Según explicó, desde la Secretaría General y de Gobierno, en compañía de la Policía Nacional, se realizó un llamado de atención al equipo de campaña, al que se le solicitó la autorización correspondiente para adelantar dichas actividades conforme a las normas municipales.

La mandataria sostuvo que el secretario de Gobierno cuenta con todo su respaldo, al considerar que su actuación se enmarcó en el cumplimiento de la normatividad municipal, departamental y nacional.

Mi llamado y mi invitación a la profesora Martha Alfonso es decirle que en el municipio de Murillo no vulneramos los derechos políticos; somos demócratas ”, afirmó la alcaldesa.

¿Una acción ilegal?

En el sitio web de la Alcaldía de Murillo figura el Decreto 0126 del 4 de diciembre de 2025, publicado el 26 de enero de 2026, mediante el cual se regula la publicidad política en el municipio. Sin embargo, la denuncia presentada por la congresista Martha Alfonso hace referencia a hechos ocurridos el 25 de enero de 2026, cuando el decreto aún no había sido publicado ni, por tanto, se encontraba vigente.

Esto podría implicar una vulneración del principio de publicidad, dado que los actos administrativos solo producen efectos jurídicos a partir de su publicación y no pueden exigirse a los ciudadanos antes de ello. En este contexto, la actuación del secretario de Gobierno podría resultar jurídicamente inoponible y susceptible de cuestionamientos legales.

Asimismo, el respaldo de la alcaldesa a una actuación sustentada en un decreto no publicado podría comprometer los principios de legalidad y debido proceso , abriendo la posibilidad de eventuales responsabilidades disciplinarias.

Por su parte, la representante Martha Alfonso confirmó que se presentaron las denuncias correspondientes ante la Procuraduría, La Misión de Observación Electoral (MOE), El Concejo Nacional Electoral (CNE) y el Ministerio del Interior.

Medidas cuestionadas

El Cronista.co consultó a varios abogados expertos en derecho electoral, quienes coincidieron en calificar como exagerada la medida adoptada por la Alcaldía de Murillo. Según indicaron, exigir permisos para realizar volanteo constituye una sobrerregulación que no se aplica de esa manera ni siquiera en las ciudades capitales.

Eso no pasa ni se regula así en ninguna ciudad capital, y no conozco otros municipios donde se haga . Una cosa es regular vallas, cuñas, pasacalles, afiches o reuniones, pero exigir autorización para la presencia en el municipio, las visitas y el volanteo resulta desproporcionado ”, señaló uno de los consultados.

Los juristas advirtieron que este tipo de restricciones podría incluso vulnerar el derecho fundamental al proselitismo político de los candidatos.

¿Diferencia de trato?

Por su parte, la congresista del Pacto Histórico, Aída Avella, estuvo en Murillo durante su visita al Tolima y criticó que allí pudiera existir una posible distinción entre los partidos para la realización de proselitismo político.
 

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