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Johana Aranda inició febrero con dos multas por desacato

Johana Aranda, alcaldesa de Ibagué.
La alcaldesa de Ibagué, Johana Ximena Aranda, ha sido sancionada por segunda vez en este mes de febrero por incumplimiento de órdenes judiciales relacionadas con la protección de derechos colectivos en distintos sectores de la ciudad. En dos fallos separados, el Juzgado Séptimo Administrativo de Oralidad del Circuito de Ibagué impuso multas por desacato en los casos del sector de la calle 18 entre La Unión y El Jazmín, y del barrio Protecho Salado.
Este último fallo resuelve una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes por el incumplimiento de una sentencia judicial de 2022, que ordenaba la realización de obras y campañas de educación sanitaria en el barrio Protecho Salado. La providencia inicial, emitida el 15 de julio de 2022 y modificada por el Tribunal Administrativo del Tolima el 1 de septiembre de ese mismo año, exigía al municipio de Ibagué la implementación de medidas para garantizar el acceso adecuado a servicios públicos, la salubridad y la seguridad en el sector comprendido entre las manzanas 15 y 16 del barrio Protecho Salado.
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Pese a los requerimientos judiciales, el municipio no ejecutó las obras de pavimentación ni realizó las jornadas educativas para la comunidad sobre el manejo adecuado de desechos y medidas de higiene para prevenir focos infecciosos. El Tribunal Administrativo del Tolima ya había advertido en 2023 sobre la falta de avances significativos y la ausencia de pruebas sobre la ejecución de las acciones ordenadas.
Ante la inobservancia reiterada, el juzgado requirió nuevamente a la administración municipal en mayo y octubre de 2024, sin obtener respuestas satisfactorias. Finalmente, en noviembre de 2024, se dio apertura formal al incidente de desacato, tras constatar que el municipio no había cumplido con la campaña educativa exigida ni con el cronograma de obras de infraestructura.
La administración municipal argumentó en noviembre de 2024 que al asumir el gobierno en enero del mismo año no encontraron recursos asignados para el cumplimiento del fallo en el presupuesto de 2024. No obstante, el juzgado concluyó que esta justificación no eximía de la responsabilidad a la mandataria local, pues la falta de asignación presupuestal no impide la gestión de recursos o la adopción de medidas transitorias para avanzar en el cumplimiento de la sentencia.
Como resultado, la justicia determinó que existía un incumplimiento objetivo y subjetivo de la orden judicial, evidenciando negligencia en la ejecución de las obras y en la realización de las campañas educativas para la comunidad. La sanción impuesta será remitida al Tribunal Administrativo del Tolima para su revisión en consulta.
Este fallo enfatiza la obligación de la administración municipal de acatar las decisiones judiciales y trabajar en la solución de los problemas que afectan a la comunidad del barrio Protecho Salado.
Caso del sur de Ibagué
El primer fallo, emitido el 3 de febrero, sancionó a la mandataria con una multa de cinco salarios mínimos por el incumplimiento de una sentencia emitida en 2010, que ordenaba la recuperación del espacio público y la adecuación de infraestructura vial en la calle 18 entre carrera 28 Sur. A pesar de algunas intervenciones parciales en 2022, las obras necesarias para garantizar la seguridad de los transeúntes y prevenir desastres continúan inconclusas.
El juzgado determinó que la administración municipal no ha avanzado significativamente en la ejecución de las obras ni en la implementación de medidas de seguridad adecuadas, lo que constituye una vulneración persistente de los derechos colectivos de los habitantes de la zona. Por esta razón, la sanción fue remitida al Tribunal Administrativo del Tolima para su revisión.
Los expedientes de ambos casos han sido remitidos al Tribunal Administrativo del Tolima para su correspondiente revisión en consulta. La comunidad espera respuestas concretas y acciones inmediatas por parte de la alcaldía para garantizar el cumplimiento de las órdenes judiciales.
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