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¿Están en riesgo los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en Colombia?

¿Están en riesgo los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en Colombia?

Aunque Colombia cuenta con un marco legal que protege los derechos sexuales y reproductivos, la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres alerta sobre el riesgo de que el nuevo contexto político y cultural profundice las barreras para ejercerlos.

Por: Ana Quintero

En Colombia, los derechos sexuales y reproductivos atraviesan un nuevo escenario de tensión ante el giro que podría tomar la política del país con la llegada de Abelardo de la Espriella al poder, especialmente por su discurso de "guerra cultural" contra los avances en materia de reconocimiento de los derechos de las mujeres, las luchas feministas y la diversidad de género.

Las iniciativas legislativas que buscan modificar el reconocimiento constitucional de la vida, los cuestionamientos a las políticas públicas de educación sexual y las posiciones del Gobierno frente a estos asuntos han encendido las alertas de organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres.

En entrevista con El Cronista.co, Laura Castro, directora de la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, analizó el panorama actual y advirtió que, aunque el país cuenta con un marco jurídico que protege el acceso al aborto legal y seguro, persisten barreras institucionales, culturales y sociales que dificultan el ejercicio pleno de estos derechos.

¿Cuál es el balance sobre las garantías de acceso al aborto seguro en Colombia y cuáles son las principales barreras que persisten?

Uno de los avances de los últimos años ha sido contar con un marco legal sólido, compuesto principalmente por las sentencias de la Corte Constitucional y la sentencia C-055, que permitió la despenalización del aborto hasta la semana 24 y, después de ese momento, el acceso mediante las causales.

También tenemos otras decisiones importantes, por ejemplo, en materia de violencia obstétrica y sobre el acceso de las mujeres indígenas a la interrupción voluntaria del embarazo, en las que se aclaró que deben acceder en igualdad de condiciones que las demás mujeres.

Al mismo tiempo, contamos con un marco regulatorio sólido que habilita la prestación de los servicios de interrupción voluntaria del embarazo como parte de la atención en salud sexual y reproductiva, con normas como las resoluciones 3280 y 051.

Sin embargo, siguen existiendo barreras. Desde la Mesa acompañamos a mujeres que enfrentan dificultades para acceder a este servicio. Entre el 22 de febrero de 2022, fecha de la despenalización, y el 31 de diciembre de 2025, acompañamos a 2.532 mujeres que solicitaron asesoría o acompañamiento legal para acceder a la IVE.

De ellas, 1.923 recibieron asesoría, es decir, información, mientras que 487 necesitaron acompañamiento legal para superar las barreras. Esto significa que encontraron obstáculos que no se resolvieron simplemente con información y tuvieron que acudir nuevamente a la Mesa para realizar algún trámite administrativo o, incluso, presentar una queja ante la Superintendencia de Salud.

A partir de ese acompañamiento hemos identificado seis grupos de barreras: estructurales, relacionadas con el marco normativo, con el sistema de salud, con la autogestión del aborto, con el acceso a la información y la desinformación, y las barreras personales que enfrentan quienes buscan abortar.

¿Qué responsabilidad tienen las EPS, las IPS y el Estado en garantizar un acceso oportuno, digno y libre de prejuicios a la interrupción voluntaria del embarazo? ¿Han identificado cambios recientes en la atención?

En Colombia, la interrupción voluntaria del embarazo está reconocida como un servicio que se presta dentro del Plan de Beneficios en Salud. Es decir, hace parte del paquete básico de servicios que debemos recibir las colombianas. Quienes no son colombianas también pueden acceder a través de los servicios de urgencias, un reconocimiento que se hizo desde el Estado en el marco de la pandemia.

Las IPS y las EPS tienen la obligatoriedad de prestar este servicio como parte de la atención en salud sexual y reproductiva. Cuando no lo hacen, se exponen a acciones de vigilancia y control, así como a consecuencias administrativas y legales.

Nosotras no hemos identificado que durante estos últimos tres meses hayan cambiado las barreras de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, de acuerdo con los casos que acompañamos.

Sin embargo, sí ha cambiado el contexto cultural en el que se ejercen estos derechos. Considero que actualmente los funcionarios y funcionarias que están en contra del acceso al aborto legal y seguro se sienten con mayor libertad para discriminar y violentar a las mujeres que acuden a estos servicios, o para emitir juicios de valor con el propósito de que no accedan.

También existe un contexto marcado por la desinformación y el desconocimiento de los derechos de las mujeres. Lo que vemos es un cambio en las actitudes, en el que se han reafirmado las creencias de quienes están en contra de la autonomía reproductiva y existe una mayor sensación de libertad para discriminar a las mujeres que abortan.

La Mesa participó en la audiencia pública sobre el proyecto de Acto Legislativo 114 y pidió su archivo. ¿Por qué consideran que esta iniciativa es inconstitucional y qué implicaciones podría tener para las mujeres, niñas y personas gestantes?

Lo primero que quisiera aclarar es que no se trata de una iniciativa nueva. Desde 2011 hemos participado en al menos cinco debates, mesas técnicas e iniciativas que buscan modificar el artículo 11 de la Constitución.

También hubo hace un par de años dos iniciativas de referendo en las que grupos antiderechos buscaron firmas para modificar este artículo. No solamente no recogieron el número de firmas necesarias, sino que el Consejo Nacional Electoral impuso una multa a uno de esos comités por no presentar los soportes correspondientes en materia de rendición de cuentas y presupuesto.

Esto demuestra que no es algo nuevo. Es una iniciativa que hemos visto en diferentes legislaturas y que también ha surgido desde sectores de la sociedad civil sin conseguir un respaldo mayoritario.

Como mencionamos en la audiencia pública, consideramos que es inconstitucional porque va en contra de varias sentencias de la Corte Constitucional. La Corte reconoce que debe existir una protección a la vida en gestación, pero también ha establecido que esta no es equiparable a la vida y al proyecto de vida de una mujer que ya ha sido reconocida como persona.

Además, reconoce que la mejor protección a la vida en gestación se da a través de la persona gestante. Otro tipo de protección podría ir en contra de la despenalización del aborto.

Más allá de las iniciativas legislativas, también existe preocupación por la solicitud de derogación de la Política Nacional Intersectorial de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos. ¿Qué consecuencias tendría retirar esta política, especialmente para las adolescentes y el acceso a la educación sexual?

Lo más importante de esta política es que busca reducir las brechas y las barreras para ejercer los derechos sexuales y reproductivos.

Y hay una primera claridad que debemos hacer en el debate público: estos derechos no son únicamente para las mujeres. Están dirigidos a la sociedad en su conjunto, porque todas las personas debemos tener un ejercicio pleno de la sexualidad y la reproducción.

La educación sexual integral, que además es obligatoria por ley desde 1994, el acceso a la anticoncepción, la interrupción voluntaria del embarazo y la atención en salud materna hacen parte de este conjunto de garantías.

Si te fijas, es una política que busca asegurar que todas las maternidades sean deseadas. Que ninguna persona embarazada esté obligada a continuar un embarazo que no quiere, pero que quienes decidan continuarlo tengan todas las garantías para su salud materna.

También busca que los hospitales estén mejor preparados para atender las emergencias obstétricas y las violencias sexuales.

Recordemos que una parte importante de las cifras de mortalidad y morbilidad materna corresponde a mujeres indígenas. Además, la violencia sexual sigue afectando especialmente a las menores de edad. Por eso, retirar esta política significaría desproteger aún más a las mujeres indígenas y a las niñas y adolescentes.

Esta política también busca prevenir las violencias sexuales y las violencias basadas en género. Pensemos, por ejemplo, en las víctimas del conflicto armado que siguen sufriendo las consecuencias de la guerra.

Finalmente, busca garantizar los derechos de los pueblos étnicos, las personas LGBT, las personas con discapacidad, las víctimas del conflicto y las personas en situación de movilidad humana.

Retirar esta política pondría en riesgo todo un conjunto de derechos sexuales y reproductivos que beneficia a las personas en su diversidad. No solamente a quienes desean interrumpir un embarazo, sino también a las mujeres que quieren continuarlo y ser madres en condiciones de libertad y garantía de derechos.

En el ámbito internacional también se han presentado cambios en la posición de Colombia frente a los derechos sexuales y reproductivos. ¿Qué mecanismos jurídicos e institucionales existen para proteger las garantías conquistadas?

En efecto, Colombia se ha adherido a algunas declaraciones que juegan más en el campo simbólico que en el legal y vinculante. Entiendo que haces referencia al Consenso de Ginebra, que no es una declaración vinculante.

En ese sentido, Colombia tampoco puede desconocer las obligaciones nacionales que ha adquirido ni las sentencias de la Corte Constitucional que despenalizaron el aborto.

Cuando hablamos de mecanismos para defender estos derechos, la Corte Constitucional sigue siendo un tribunal fundamental. Nosotras continuaremos acudiendo a las decisiones que ya han sido proferidas, pero también existen otros mecanismos del derecho internacional.

Por ejemplo, podemos acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con casos específicos de vulneración de derechos sexuales y reproductivos, buscando que se establezcan responsabilidades y sanciones al Estado, como ha ocurrido con diferentes casos en Centroamérica.

Finalmente, ¿qué papel deben asumir los movimientos feministas, las organizaciones sociales y las plataformas defensoras de derechos humanos para proteger estas garantías más allá del ámbito jurídico?

Yo creo que los movimientos sociales se caracterizan por estar a la vanguardia de las transformaciones sociales y culturales.

El trabajo que realizamos es muy importante. Tenemos una trayectoria histórica en materia de pedagogía, transformación de actitudes y valores, y vamos a continuar haciéndolo. En este momento ese trabajo es aún más importante.

También está el trabajo de comunicación. Aunque garantizar el acceso a la información es una responsabilidad del Estado, para nosotras es fundamental que las mujeres tengan información veraz, segura y oportuna, porque la información salva vidas.

Vamos a resistir cualquier intento de regresar a un escenario de penalización de la interrupción voluntaria del embarazo. Consideramos, como lo argumentamos en la demanda de Causa Justa, que el derecho penal debe ser la última instancia y que ninguna mujer debería ser criminalizada por interrumpir un embarazo.

Pero, sobre todo, no podemos tener un ejercicio pleno de nuestra ciudadanía mientras siga existiendo ese delito y no seamos reconocidas como iguales en la sociedad.

Nuestro trabajo consiste, por un lado, en proteger y sostener lo que hemos conseguido y, por otro, en seguir apostándole a la despenalización social de la autonomía reproductiva de las mujeres, para poder vivir en condiciones de igualdad y democracia.

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