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Confirman arresto de 15 días para el alcalde Andrés Hurtado y la personera de Ibagué

Confirman arresto de 15 días para el alcalde Andrés Hurtado y la personera de Ibagué

Andrés Hurtado, alcalde de Ibagué, y Francy Johana Ardila, personera de Ibagué. 
 

El Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, confirmó la sanción por desacato en contra del alcalde de Ibagué, Andrés Hurtado, que consiste en 15 días de arresto domiciliario y una multa de 15 salarios mínimos vigentes. 

El juez ratificó la sanción por desacato que el Juzgado Noveno Penal Municipal con Funciones de Ibagué, también impuso a la personera Francy Johana Ardila y el secretario de Agricultura, Daniel Guillermo Jaramillo. 

Los funcionarios deberán cumplir las sanciones por incumplir el fallo de la Corte Constitucional, que desde el año 2020 ordenó construir un puente sobre la quebrada La Chumba, en el corregimiento de San Bernardo. 

"Se impone concluir, entonces, que la orden judicial emitida por la Sala Séptima de Revisión de la Honorable Corte Constitucional, Sentencia T-366/20, el 31 de agosto de 2020, no se ha cumplido, configurándose así –a juzgar por lo que obra en la actuación– el desinterés en la ejecución del contenido dispositivo del fallo", señaló el juez. 

Durante todo su periodo de gobierno el alcalde Hurtado hizo caso omiso a los fallos judiciales, incluso de un alto tribunal como la Corte Constitucional, que ordenó proteger los derechos fundamentales a la educación, a la vida y a la integridad personal, de Dilan Estevan Navarro  Ortiz, niño que requiere el puente para llegar hasta su escuela.

Por tanto, ahora el juez Eliseo Osorio Caviedes indicó que: " Los funcionarios sancionados fueron notificados correctamente de su vinculación al trámite incidental y al constatarse que la orden no se ha cumplido, pues no se cuenta con prueba que permita arribar a otra conclusión, la sanción impuesta por el juez de primer grado deberá confirmarse". 

Así las cosas, por 15 días el alcalde y la personera de Ibagué tendrán que cumplir la orden de arresto en sus domicilios.

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