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Contratista del puente de la 60 demandó a la Alcaldía de Ibagué

Contratista del puente de la 60 demandó a la Alcaldía de Ibagué

El puente tenía una inversión inicial prevista de $40.000 millones.

El novelón del fallido puente de la carrera Quinta con calle 60 está lejos de terminar. Ahora, el Tribunal Administrativo del Tolima admitió una demanda presentada por el contratista contra la Alcaldía de Ibagué.
El Consorcio Puente Carrera Quinta demandó a la Alcaldía para intentar revertir los actos administrativos que declararon su incumplimiento y obligaron a la aseguradora a pagar una multa que ascendió a los $3.900 millones.


Se trata del consorcio que representa Roberto José Gutiérrez Daines, el cual está conformado por BGDSA SAS, Olaguer Agudelo Prieto, Mineros e Ingenieros SAS y Megaobras Infraestructura SAS.

El magistrado José Aleth Ruiz Castro, de la Sala de lo Contencioso Administrativo, admitió la demanda que podría dejar sin efectos las sanciones y multas impuestas por la administración de la alcaldesa Johana Aranda en 2024.

De acuerdo con la demanda presentada por la abogada Clara Rocío Valencia, representante legal del contratista, la verdadera responsable del fracaso fue la administración del exalcalde Andrés Hurtado, por adjudicar el proyecto pese a las "graves falencias de planeación" que "hacían absolutamente inviable su ejecución".

Según la demanda, la administración de Hurtado, en su último año de gobierno, se apresuró a adjudicar el proyecto, aunque carecía de permisos y licencias fundamentales para su ejecución. Se refiere al permiso de aprovechamiento forestal de la Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima) y otro permiso del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), que la Alcaldía debía tener antes de iniciar las obras.

Adicionalmente, agregó que “la principal razón por la cual hubo que replantear los diseños es que el Municipio no tenía las apropiaciones presupuestales suficientes para la adquisición de predios y, por esa razón, los diseños iniciales no podían aplicarse”.
En su argumentación, el contratista aseguró que ninguna de las suspensiones y prórrogas que tuvo el contrato se dieron por su culpa. Por el contrario, argumentó que las falencias del proyecto siempre fueron responsabilidad de la Alcaldía.

“La Administración, con los funcionarios que intervinieron no solo en el proceso precontractual, contractual y ahora sancionatorio, ha sido absolutamente negligente y descuidada en su actuar, vulnerando abiertamente las normas legales, la constitución y los derechos de los miembros del Consorcio”, expone la demanda.

Otro aspecto que cuestionó el contratista fue el Plan de Manejo de Tránsito (PMT) que debía servir para controlar el tráfico en la zona mientras se realizaban las obras. Sin embargo, este solo fue aprobado 11 meses después de iniciadas las obras.


Asimismo, se lee en el documento de la demanda que el 8 de marzo de 2024, la administración de Aranda suspendió el contrato para luego endilgarles a los contratistas "un incumplimiento injusto y arbitrario, con el fin de cubrir, bajo una cortina de humo, las fallas de planeación del mismo Municipio".


Con respecto a la administración de Aranda, el contratista le reprocha la falta de competencias que tenía la Secretaría Administrativa para adelantar procesos sancionatorios, los cuales son responsabilidad de jueces o magistrados. Por lo tanto, considera que se violaron sus derechos al debido proceso y a la defensa.


“Se observan todas las causales de nulidad de los actos administrativos, ya que estos fueron expedidos con infracción de las normas en las que deberían fundarse, sin competencia, de forma irregular, con desconocimiento del derecho de audiencia y defensa, mediante falsa motivación y con desviación de las atribuciones propias de quien los profirió”, expuso la abogada Clara Rocío Valencia López.


Contrario a lo que expuso la Alcaldía en su momento, el contratista sostiene que, a diciembre de 2023, había ejecutado el 8,20 % de las obras. Esto contradice el casi 4 % que reveló la Alcaldía.

Dichas obras, por un valor de $3.210.213.760, correspondían a redes de alcantarillado fluvial, sanitarias, acueducto y redes secas, como las eléctricas y telemáticas. Esto dejaría sin sustento la declaratoria de incumplimiento total.

De hecho, el Consorcio advierte que aún le falta por recibir $1.761.144.978, que corresponden a la segunda acta presentada de obras ejecutadas en diciembre de 2023.

“Si el Consorcio Puente Carrera 5 no ha ejecutado nada, ¿por qué razón pagó honorarios a la Interventoría, quien para el cobro de sus honorarios debe acreditar la actividad realizada mes a mes a través de informes de interventoría?”, interpela el contratista a la Alcaldía.
Por último, el consorcio solicitó medidas cautelares para tumbar los actos sancionatorios en su contra, mientras se emite un fallo de fondo. Esto podría llevar a que nuevamente quede vigente el contrato del fallido puente de la 60.

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