Opinión

29 años de la Constitución del 91

29 años de la Constitución del 91

Un día como hoy 5 de Febrero de 1991, hace 29 años, en el Gobierno del Presidente César Gaviria Trujillo; se Instaló la Asamblea Nacional Constituyente, fruto de un pacto de paz y reconciliación, fecha histórica de los colombianos. En dicho escenario constitucional se debatieron los temas más importante y sus integrantes de diversos sectores políticos, sociales, de los insurgentes reincorporados a la sociedad civil, los indígenas, las mujeres etc., todos ellos intervinieron con influencia y autoridad por el  mandato del constituyente primario, y plasmaron el nuevo orden constitucional  que comenzó a regir después de su publicación en la Gaceta número 114 del 7 de julio de 1991  según certicación final suscrita por el secretario general de la Asamblea Nacional Constituyente, él ilustre constitucionalista y tratadista doctor Jacobo Pérez Escobar.   

Dicha Asamblea se instaló el martes 5 de febrero de 1991 y como presidentes fueron escogidos los doctores Horacio Serpa Uribe, Álvaro Gómez Hurtado y  José Antonio Navarro Wolff.  Participaron 70 Constituyentes con voz y voto y 4 constituyentes solamente con voz. 

La Comisión Primera:  Principios, Derechos, Deberes, Garantías y Libertades Fundamentales. Mecanismos e Instituciones de Protección. Participación Demográfica. Sistema Electoral. Partidos Políticos. Estatuto de la Oposición. Mecanismos de Reforma Constitucional. La Comisión Segunda:  Ordenamiento Territorial del Estado. Autonomía Regional y Local. La Comisión Tercera:  Gobierno y Congreso. Fuerza Pública. Régimen de Estado de Sitio. Relaciones Internacionales. La Comisión Cuarta:   Administración de Justicia y Ministerio Público. Y la Comisión Quinta:  Asuntos Económicos, Sociales y Ecológicos. 

La Constitución Política  de 1991 promulgada originalmente  fue de 13 Títulos como lo indica el Índice General, varios capítulos y 380 Artículos y 59  disposiciones transitorias, y una última disposición transitoria, sobre el artículo  transitorio 38.  "El Gobierno organizará e integrará, en el término de seis meses, una Comisión de Ordenamiento Territorial, encargada de realizar los estudios y formular ante las autoridades competentes las recomendaciones que considere del caso para acomodar la división territorial del país a las disposiciones de la Constitución. La Comisión cumplirá sus funciones durante un período de tres años, pero la ley podrá darle carácter permanente. En este caso, la misma ley fijará la periodicidad con la cual presentará sus propuestas".

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