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¿Qué sucede ahora con la renuncia de Uribe al Congreso?

¿Qué sucede ahora con la renuncia de Uribe al Congreso?

Al presentar el senador Uribe renuncia motivada a su curul en el Senado, una vez aceptada, se tiene que llamar a la siguiente persona en votos en la lista del Centro Democrático, y que corresponde a Yenny Rozo Zambrano, exdiputada de la Asamblea de Cundinamarca, quien se quemó con 24.930 votos y está cuestionada en la última columna del periodista Daniel Coronel. 

En todo caso, si a pesar de la renuncia, es factible que la Corte seguiría con su expediente, según lo establecieron en la época de la parapolítica cuando varios congresistas renunciaban para quedar en manos de la Fiscalía y tener doble instancia, que ahora ya existe en el alto tribunal.

Y ¿qué pasa con el fuero? Pasaría de inmediato Uribe ¿a la Fiscalía y a los jueces ordinarios?

Cuando los casos de la parapolítica, decenas de parlamentarios renunciaron a sus curules para que la Corte perdiera competencia, basándose en los artículos 235 de la Constitución y 75 del Código de Procedimiento Penal, que le dan la competencia a la Corte de investigar y juzgar a los miembros del Congreso, por lo cual, si ya lo eran, por su renuncia decaería esa posibilidad. Sin embargo, en el año 2009 una decisión de la Corte terminó restringiendo esta vía. 

En tal sentido, en el Tolima, los excongresitas Luis Humberto Gómez Gallo, Javier Ramiro Devia Arias y Gonzalo García, que renunciaron a sus curules en el Congreso, para pasar a manos de la Fiscalía o de un juez, no lo pudieron hacer porque la Corte Suprema determinó que los delitos imputados los habían cometido en su condición de candidatos o ya congresistas y, que por lo tanto esa competencia era de la Corte y no de ningún otro organismo judicial.  
 
En una providencia emitida en el caso de Álvaro Araújo Castro se dijo que: "La Corte reasume todos los procesos que tengan que ver con la relación funcional, y en cada caso se estudiará esa relación funcional antes de optar por captar competencia". La Corte fundó su decisión en el inciso 2 del artículo 75 del Código de Procedimiento Penal, que establece que “cuando los funcionarios a los que se refieren los numerales 6 y 7 anteriores hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos, el fuero solo se mantendrá para las conductas punibles que tengan relación con las funciones desempeñadas”.

 Esta decisión hizo que varios de los casos regresaran a la Corte Suprema de Justicia, organismo que consideró que la parapolítica también podría estar relacionada con las funciones de los congresistas. 

A raíz de ese precedente, lo que antes de 2009 era una decisión muy fácil, ya no lo es tanto. 
Antes de 2009 se entendía que la relación con las funciones se daba únicamente cuando el acto incriminado era directamente consecuencia del cargo como, por ejemplo, votar una ley como consecuencia de un soborno, tal como sucedió con Yidis Medina. 

Con la tesis aplicada por la Corte en el caso de Álvaro Araújo debe analizarse si puede existir alguna relación de conexidad o incluso si se pudo haber abusado del cargo para la comisión del delito, por la investidura e importancia de ser senador o variar la tesis con justificación y determinar que los delitos los cometió como senador en ejercicio y por lo tanto está amparado por el fuero de juzgamiento por esa alta autoridad judicial. El fuero en una protección. 

Lo cierto es que la decisión de Uribe no debe ser bien vista, pues cuando el magistrado Barceló le abrió la investigación, expuso que por dignidad y ética no renunciaría a ser investigado por la Corte, y ahora varía su posición, pudiendo quedar en entredicho y agravando su situación jurídica de ser rechazada su petición. 

Es factible que si la Fiscalía además interviene solicitando que el proceso sea enviado a los jueces ordinarios, se presentará una colisión de competencias que deberá ser redimida por el Consejo Superior de la Judicatura, prolongando tanto la detención, como el avance de la investigación. 

Lo que si no operará es la silla vacía pues esta solo ocurre cuando hay sentencia o medida de aseguramiento por "pertenencia, promoción o financiación a/o por grupos armados ilegales, de narcotráfico, delitos contra los mecanismos de participación democrática o de Lesa Humanidad". Y por ninguna de estas causales está siendo judicialmente procesado el expresidente y senador.

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