Educación

Tribunal Administrativo decretó suspensión de acuerdo que ordenaba despido de jefes de programa y secretarios de la UT

Tribunal Administrativo decretó suspensión de acuerdo que ordenaba despido de jefes de programa y secretarios de la UT

El Tribunal Administrativo del Tolima decretó la medida cautelar de suspensión provisional del acto administrativo (Acuerdo 033 del 30 de septiembre de 2016), que ordena el despido de los Jefes de programas y Secretarios académicos de  la Universidad del Tolima (UT).

Esta medida solo se toma, casi en casos accesionales, cuando existen serios indicios de violación de normas superiores con el fin de prevenir que se sigan cometiendo irregularidades y violando le ley.

Como se recordará, el citado Acuerdo, entre otras cosas, facultaba el rector Omar Mejía, como nominador único y, con base ello, despidió a unos 40 funcionarios que ocupaban los cargos ya mencionados, pero procedió a nombrar a otros para reemplazarlos, lo que en la práctica se constituía en una burla al ordenamiento universitario que existía en la época para realizar este tipo de nombramientos. En la práctica el Acuerdo 033, solo perseguía apuntalar hegemonía política conservadora del grupo del gobernador Óscar Barreto, expresada en su dócil rector.   

Las consecuencias más graves de los errores, horrores y chambonadas jurídicas cometidas por el rector y su Consejo Superior de bolsillo, es que tendría que reintegrar a todo el personal despedido con base en el famoso Acuerdo, y pagar sueldos, prestaciones sociales e indemnizaciones, cercanas a unos tres mil millones de pesos, según estiman especialistas en la materia.  

La  parte demandante, la Asociación Sindical de Docentes de ese centro académico, solicitó al Tribunal de lo Contencioso Administrativo, la suspensión, argumentando que la convocatoria a sesiones debe hacerse mediante citaciones escritas de la Secretaria de la universidad, la cual debe ir acompañada de documentos, informes y  proyectos los cuales deben ser presentados, con anticipación no inferior a 5 días hábiles.

Pero las citaciones efectuadas el 15 de diciembre de 2016 y el 29 de abril de ese mismo año, no contaron con la anticipación requerida por el reglamento interno del Consejo Superior de la Universidad del Tolima, para aprobar en dos  vueltas una modificación al estatuto general de ese centro académico.

(Puede leer nota relacionada con el tema: Fallo del Tribunal Administrativo del Tolima, declara nula elección del rector de la UT)

La solicitud de suspensión provisional, fue presentada con el escrito de demanda, el cual se corrió traslado el 14 de agosto del presente año.

Ante dicho procedimiento, la parte demandada se opuso indicando que el Acuerdo 033 de 2016, no contradice el ordenamiento jurídico, pero el Tribunal Administrativo consideró otra cosa: que dicho Acuerdo había modificado y violado en forma clara y objetiva el reglamento interno por parte del Consejo Superior.

Ante las evidencias, el Tribunal Administrativo del Tolima a través de un auto, procedió a suspenderlo provisionalmente.

Como magistrado ponente fungió Luis Eduardo Collazos.

(Puede leer nota relacionada con el tema: Medroso comunicado del Consejo Académico sobre situación jurídica del rector de la UT) 

Es la segunda decisión en menos de ocho días en contra de la Universidad del Tolima, por parte del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Esto parece ser, una seguidilla de denuncias y dimanadas, que con el tiempo, se vendrán en contra del principal centro de enseñanza superior del departamento, donde las acciones se pueden repetir contra el rector y su séquito llamado Consejo Superior, que acolitó y perfeccionó todas estas barbaridades jurídicas que profundizan la crisis que afronta la UT desde hace algunos años, incluyendo la nulidad del acto de elección del rector Omar Mejía.    

(Puede leer el texto complñeto del auto que suspende de manera cauterla y provisional el Acuerdo 033 del C.S. de la UT) 

 

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