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Contratistas del puente de la 60 reclaman indemnización de $58.000 millones

El Tribunal Administrativo del Tolima admitió la demanda y deberá emitir un fallo de fondo.
La evidente falta de planeación que llevó al fracaso del puente de la carrera Quinta con calle 60 podría traer consecuencias todavía más catastróficas para las arcas públicas de Ibagué.
A todos los efectos negativos que ya ha provocado este fallido proyecto, ahora se podría sumar la indemnización que reclaman los contratistas, la cual asciende a más de $50.000 millones.
En medio de la demanda que radicó el Consorcio Puente Quinta contra la Alcaldía de Ibagué, y que admitió el Tribunal Administrativo del Tolima, se leen las multimillonarias pretensiones económicas de los contratistas.
El Consorcio está representado por el ingeniero Roberto José Gutiérrez Daines, y está conformado por BGDSA SAS, Olaguer Agudelo Prieto, Mineros e Ingenieros SAS y Megaobras Infraestructura SAS. Todos piden un resarcimiento económico por el dinero que habrían dejado de recibir a causa de la declaratoria de incumplimiento total.
Los contratistas aseguran que el proyecto fracasó por las “graves falencias de planeación” que hubo en la administración del exalcalde Andrés Hurtado, especialmente por la falta de permisos y licencias ambientales. Para conocer sus justificaciones y mayores detalles de la demanda, puede leer el siguiente informe: insertar link de la nota.
A continuación, El Cronista.co muestra cada una de las exigencias económicas que reclaman los contratistas en medio de su polémica demanda.
El siguiente cuadro evidencia lo que reclaman los cuatro integrantes del consorcio. Por diversas afectaciones morales y a su buen nombre, cada uno exige 100 salarios mínimos legales vigentes, es decir, $142.350.000 cada uno. Lo que arroja un total de $569.400.000 en cada rubro. Esto equivale a $2.847.000.000:
Causa |
Monto que reclama |
Perjuicios morales |
$569.400.000 |
Afectación al buen nombre por la orden de inscripción en la cámara de comercio |
$569.400.000 |
Afectación al buen nombre por la orden de registro en la Procuraduría General de la Nación |
$569.400.000 |
Afectación al buen nombre por la orden de hacer efectivo el siniestro |
$569.400.000 |
Afectación al buen nombre por los diferentes comentarios en medios y/o periódicos locales y nacionales |
$569.400.000 |
Total |
$2.847.000.000.
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Sin embargo, esto es apenas una pequeña parte de las pretensiones de los contratistas. Sus aspiraciones económicas van todavía más allá. El siguiente cuanto evidencia sus reclamos más cuantiosos:
Causa |
Monto que reclama |
Administración dejada de percibir por la inejecución del contrato |
$18.790.260.763. |
Perjuicios materiales de lucro cesante y daño emergente |
$10.000.000.000
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Imprevistos dejados de percibir por la inejecución del contrato |
$9.395.130.381 |
Pago de la cláusula penal pecuniaria |
$3.914’637.659 |
Pagos de las 2 actas de parciales de avance de obra |
$3.210.213.760 |
Utilidad dejada de percibir |
$1.957.318.829 |
Pago de maquinaria quieta y materiales sin usar |
$1.617.589.606 |
Devolución del pago de estampillas |
$1.370.123.180 |
Total |
$50.255.274.178 |
Adicional a esto, la demanda contempla los honorarios de la abogada Clarena Rocio Valencia, quien representa a los contratistas. Ella cobrará inicialmente $20.000.000, y después un 10 % del total de la condena. Es decir, alrededor de $5,300.000.000.
Así las cosas, el contratista reclamará un total de $58.402.274.178. Todo quedará en manos del magistrado José Aleth Ruiz Castro, quien admitió la demanda en principio, pero después deberá decidir si condena a la Alcaldía de Ibagué a pagar la multimillonaria indemnización y saca bien librado al contratista.
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