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No hay mal, que por bien no venga

No hay mal, que por bien no venga

A pesar de que la recesión generada por la pandemia de Covid-19, ya muestra los inconfundibles rasgos de la inevitable depresión económica mundial que se avecina; lo que debe ser motivo suficiente, para que el Estado Colombiano mediante leyes muy claras, redireccione el gasto público de manera exclusiva hacia sectores como la infraestructura en salud, la educación virtual, el apoyo al desempleo, el fomento del Agro en búsqueda de la soberanía alimentaria que hoy necesitamos y por supuesto, la mitigación del hambre a través del subsidio e inversión social. Si no se actúa de manera inmediata, los ordenadores del gasto público continuaran dilapidando los pocos recursos que se puedan recaudar, en toda clase de inversiones que, si bien en apariencia son legales y persiguen el anhelado bienestar, por ahora deben ceder frente a derechos fundamentales superiores como la vida, la salud y la dignidad humana.

El presupuesto público será cada vez más limitado y no podemos seguir viendo como a lo largo y ancho del País, mandatarios de manera cínica, descarada y con el apoyo de algunos inescrupulosos asesores -cada vez más costosos y menos indispensables- diseñan estrategias jurídica y técnicamente bien disfrazadas, para justificar multimillonarias inversiones en publicidad, obras públicas, estudios técnicos y ciertas prestaciones de servicios que claramente hoy no son indispensables. Los insuficientes presupuestos que hoy tenemos no alcanzan siquiera para calmar el hambre que a diario azota por lo menos al 50% de los Tolimenses y muchísimo menos para superar el deplorable déficit departamental en clínicas y hospitales, en camas y unidades de cuidados intensivos, en respiradores mecánicos -que son la diferencia entre vivir o morir- en elementos de protección, desinfección y bioseguridad, etc. Cómo explicar que mandatarios gasten esos limitados recursos en publicidad y auto propaganda política o en obras públicas como Coliseos, Estadios, Puentes, Circunvalares, Vías, Parques, Etc. ¿Será que no entienden que por ahora, hasta la simple pavimentación de calles debe esperar? ¿O que hacer esas inversiones en estos momentos, es casi un crimen de lesa humanidad?

El Gobierno Nacional ordenó que los servidores públicos con labores no encaminadas a la prevención, mitigación y atención de la emergencia sanitaria o para garantizar el funcionamiento de servicios indispensables; deben hacerlo de manera no presencial a través del Teletrabajo y el Trabajo en Casa. Ésta nada novedosa realidad laboral, hacia la que hace rato por obvias razones, migró el sector privado, pero que la administración pública –por intereses económicos y burocráticos- insiste en no utilizar, generará de ahora en adelante un multimillonario ahorro de recursos, que servirán para suplir necesidades vitales de la población. Pues bien, si tal orden se cumple, gastos como la compra, arrendamiento, mantenimiento y aseo o adecuación de inmuebles, desaparecerán y gastos por servicios de electricidad, agua, telefonía e internet; así como la compra y mantenimiento de vehículos, viáticos y gastos de viaje como alimentación, gasolina, peajes, hoteles, tiquetes aéreos y terrestres, por fuerza de la virtualidad, desaparecerán o disminuirán dramáticamente. 

Veamos otro gasto que por ahora ya desapareció; resulta que la Sentencia 35771 de febrero de 2011, proferida por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dijo que: “Los gastos de representación están destinados a permitir que se represente a la empresa ante clientes, proveedores o ante el público. Atañen por lo general a las relaciones públicas y persiguen un beneficio comercial, empresarial o de imagen del empleador, hacia el futuro.”, adicionalmente la Corte Constitucional por Sentencia C-250 de 2003, expuso: “los gastos de representación no se entregan al trabajador como retribución por su trabajo, sino para que los utilice con un criterio de buena fe en expensas propias del objeto de la empresa o de la entidad.”. La doctrina ha dicho que los gastos de representación, son aquellas invitaciones a clientes para tomar café, almorzar o cenar, con el fin de cerrar un negocio. En consecuencia, todos los funcionarios públicos de alto nivel, pertenecientes a todas las ramas del poder público del orden nacional, departamental o municipal, que mensualmente reciben millonarios recursos por ése concepto, sólo podrán invertidos en los fines ya citados. El Señor Presidente de La Republica por ejemplo, recibe mensualmente cerca de $30 Millones de pesos por ése concepto; igualmente reciben sumas un poco menores, la Vicepresidenta, los Ministros, Viceministros, Directores de Departamentos Administrativos y de Establecimientos Públicos; lo mismo que todos los funcionarios del nivel directivo nacional, territorial, distrital y municipal. Aquí en el Tolima tanto Gobernador, como Alcaldes, junto a sus respectivos gabinetes y directores departamentales y municipales, es decir, prácticamente todos los funcionarios de libre nombramiento y remoción, reciben mensualmente y sin falta, millonarias sumas por concepto de gastos de representación, en cantidades por lo menos iguales a las de su sueldo mensual.

Me atrevo asegurar que en Colombia, difícil será encontrar un funcionario público que mensualmente no reciba una millonaria suma de dinero por éste concepto. Pues bien, resulta que desde mediados de marzo y por efectos de la emergencia sanitaria, todos nosotros, incluso los funcionarios públicos de todos los niveles, salvo contadas excepciones, fuimos confinados en nuestros hogares, en aislamiento preventivo obligatorio, realizando teletrabajo o trabajo en casa y muy excepcionalmente despachando desde las oficinas; sabemos además que todos los sitios aptos para reuniones, tales como clubes sociales, restaurantes, cafeterías, panaderías, entretenimiento, etc. se encuentran cerrados o despachando a domicilio. Hemos visto que del Presidente para abajo, los funcionarios se reúnen en sus despachos y/o de manera virtual. Lo anterior implica que desde el pasado mes de marzo y hasta que no se autoricen nuevamente las reuniones sociales y abran su servicio al público los mencionados establecimientos, ningún funcionario público puede haber ordenado el pago o recibido mensualmente sumas de dinero por concepto de gastos de representación, pues el sentido común indica que es imposible demostrar su adecuada inversión. Todas las sumas que hubieren sido entregadas y/o recibidas por este concepto, deben ser inmediatamente reintegradas y los Órganos de Control como la Procuraduría, Contraloría y Fiscalía, quienes últimamente han estado muy activos y eficientes, deberán a la mayor brevedad posible, adelantar acciones e imponer sanciones por los presuntos prevaricatos y peculados, en que mucho me temo, ya incurrieron la mayoría de funcionarios que ordenan el gasto y reciben dineros públicos por este concepto. 

¿Entendieron por qué no hay mal, que por bien no venga?

José Gabriel Tobar Tribin, Abogado especialista en derecho administrativo

Presidente - sindeptol

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