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Es jurídica o política la decisión ¿de la Sala de Instrucción de la Corte?

Es jurídica o política la decisión ¿de la Sala de Instrucción de la Corte?

El pasado 4 de agosto se produjo una decisión unánime de los 5 Magistrados de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia sobre la medida de aseguramiento con privación de la libertad en su domicilio, contra el expresidente y senador Álvaro Uribe Vélez, lo que causó conmoción a nivel nacional e internacional por tratarse de quién fue privado transitoriamente de su libertad. 

Lo primero no es una condena, es una medida provisional –que como lo sostuvo la Corte– busca evitar que el imputado pueda entorpecer la investigación y, sea lo primero afirmar, que esta determinación es absolutamente legal y acertada, pues es obvio que si se investiga a alguien –cualesquiera sean sus pergaminos- por posible manipulación o soborno de testigos con ánimo de realizar un fraude procesal como aquí ocurrió, puede continuar con el delito en libertad -siendo una presunción de derecho-  pero de justa percepción. 

La medida está permitida en la ley procesal penal y puede ser objeto de recursos, los cuales no creo intenten sus apoderados, pues dilatarían el proceso y la consecuente privación de libertad de su defendido, lo que sigue es determinar si presentan acusación ante la Sala respectiva para realizar un juicio, cuya duración puede durar años, y en donde el ex presidente puede ejercer toda su defensa. Lo anterior significa que no se le ha violado derecho alguno.
Ahora bien, en que se basaron los Magistrados para proferir ¿esa medida cautelar?

No es de poca monta el estudio y análisis que realizaron. Más de 27.000 horas de grabación, 5 testimonios de los paramilitares que fueron objeto del delito de soborno para que cambiaran sus declaraciones en contra del hoy imputado, y con falacias y mentiras acusaran al senador Iván Cepeda, enemigo acérrimo de Uribe. Les dictaron cartas en ese sentido con el ánimo obvio de proteger a Uribe y acusar falsamente a otro ciudadano, en un típico fraude procesal. 

Y quien así actuó fue el abogado de apellido Cadena, reconocido apoderado de mafiosos y delincuentes, pero no por ello es cuestionable –ya que todo delincuente tiene derecho constitucional a una defensa–, sino porque nadie le cree que ofreció a uno de los reos 200 millones de pesos –y pagó 48– para defender al ex presidente y condenar a otro. Afirmando descaradamente el abogado que ello fue un gesto humanitario de su propio peculio, siendo tan absurdo, que una pariente cercana de uno de los favorecidos expresó que de eso tan bueno no daban tanto y que no entendía por qué en lugar de pagarle al abogado, éste le pagaba al defendido. Es de elemental deducción que los dineros provenían de Uribe y que sabía perfectamente para qué serían utilizados. Todo el mundo que conoce al ex presidente sabe que él siempre se entera de todo, que no se mueve una hoja sin su autorización –cosa distinta– es que se excuse afirmando que fue a sus espaldas.

Existen en el expediente- según la misma Corte –más de 100 testimonios- que como en el refrán- hacen ver que “todos los caminos…conducen a Roma” es decir, a demostrar la comisión de los delitos que se le imputan como determinador de soborno de testigos y fraude procesal, cuyas penas –de ser condenado– podrían darle unos 6 a 7 años de prisión, - eso sí seguramente -en una guarnición militar por su investidura, perdiendo sus derechos políticos a elegir y ser elegido.
Y con ese enorme acervo probatorio, era un imperativo proferirle la medida, so pena de prevaricar los Magistrados de no hacerlo. De allí la falaz perorata del presidente Duque, que no era viable privar de la libertad a un expresidente –cuando esa norma ni en nuestra legislación ni en la et supra existe-, y a contrario sensu  se aplica su famosa frase que “Quien la hace…la paga”, no viéndose bien a un mandatario tratar de interferir en una decisión judicial, siendo el primer responsable de proteger la separación de poderes y menos a unos funcionarios en ejercicio, atacando a la justicia con improperios y argumentos falaces, que ameritan que la Procuraduría los investigue. 

La medida es absolutamente legal y ausente de motivos políticos. Pero lo que si no son viables son los argumentos que han venido esgrimiendo los fervientes seguidores de Uribe, que no entienden cómo unos guerrilleros están en el congreso y quien los combatió está preso, o que es la misma Corte que dejo volar a Santrich. 

Ninguno de esos argumentos es válido. Lo primero porque los guerrilleros se sometieron a un proceso de paz –gústenos o no– validados por todos los organismos internacionales OEA – ONU – CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS – UNIÓN EUROPEA y otros, y en todo acuerdo se ha de ceder, si bien están siendo juzgados en libertad por la JEP, asistiendo al congreso, esos son resultados de unos acuerdos que para bien o mal, han salvado vidas de colombianos y están protegidos constitucionalmente. Y lo de Santrich hay que refrescar memorias. Fue el ex Fiscal Néstor Humberto Martínez, que no envió –como está demostrado– la prueba reina para poderse adoptar una determinación contra ese criminal y procedió a dictarle medida de aseguramiento y orden de captura, cuando ya no tenía competencia para ello –pues había sido elegido congresista– y ya con fuero dependía de la Corte, ente que se vio compelido a revocar la medida del Fiscal, de quien se afirma –realizó todo a sabiendas– para el desprestigio de las instituciones como la JEP y la Corte. No es bueno tergiversar la historia como lo vienen haciendo.

Lo cierto es que estamos frente al juicio del siglo y podrán venir otros procesos, pues se afirma que son más de 300 los procesos que están engavetados contra el señor ex presidente Uribe y la gran mayoría -sin temor a equivocarme– no son políticos. Amanecerá y veremos….

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