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Precluye investigación contra Director de Cortolima, acusado por Anglo Gold Ashanti de prevaricato por acción

Precluye investigación contra Director de Cortolima, acusado por Anglo Gold Ashanti de prevaricato por acción

El Juez Sexto Penal del Circuito de Ibagué precluyó una investigación que se le adelantaba al director de Cortolima, Jorge Enrique Cardoso Rodríguez y al ex jefe de la Oficina Jurídica, José Francisco Montúfar por el delito de prevaricato por acción.

La demanda fue interpuesta por la multinacional AngloGold Ashanti Colombia AGAC, debido a una resolución emitida por la Corporación Autónoma Regional ordenando la suspensión de actividades de la compañía, en el predio denominado “La Perdiz”, ubicado en las veredas Camao y Pantanos, del municipio de Piedras, en el año 2013.

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Felipe Cruz es uno de los apoderados de Cortolima, dijo que una Fiscalía de delitos contra la Administración Pública, solicitó al despacho judicial, la preclusión del proceso que se venía adelantando en contra del director Cardoso Rodríguez y el ex jefe de la oficina jurídica, Montúfar Tafur, porque consideró que la expedición del acuerdo basado en la ley 99 de 1993 por parte de Cortolima estaba basado sobre las normas vigentes.

Con ese acuerdo, además se le impuso una medida precautelar a la multinacional, frente a su actividad de explotación minera.

Frente a ello, Anglo Gold  Ashanti presentó una denuncia, señalando que el Director de Cortolima Jorge Enrique Cardoso Rodríguez, había solicitado unos permisos que no estaban establecidos por  la ley y por tal razón habría incurrido en el delito de prevaricato por acción, expresó Felipe Cruz Mejía.

Dijo el apoderado que específicamente Anglo Gold Ashanti, denunció la resolución 0433 de 2003, que consistía en suspender inmediatamente la actividad comercial de la empresa y se ordenaba el decomiso de los elementos a la misma.

“Esa resolución según la minera era contraria a la ley porque se habían aplicado unas normas que no estaban establecidas”, expresó el abogado.

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Por su parte Fiscalía en su análisis, consideró que en la sentencia 093 de 2002 primaba el derecho colectivo del medio ambiente sobre el derecho individual y que por lo tanto no existía el delito de prevaricato por acción.

Ante esta exposición y la de los abogados Felipe Cruz Mejía y Samuel Duarte, el juez falló a favor de la  preclusión de la demanda, por lo que la defensa interpuso el recurso de apelación en segunda instancia ante el Tribunal Superior de Ibagué, cuyo fallo se conocerá en las próximas semanas.

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