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Exalcalde Jaramillo insistió en culpar a sus subalternos para tratar de evitar una condena

Exalcalde Jaramillo insistió en culpar a sus subalternos para tratar de evitar una condena

Este miércoles 10 de agosto finalizó el juicio oral en contra del exalcalde de Ibagué, Guillermo Alfonso Jaramillo, por el escándalo del alumbrado navideño del 2016.

Tras presentar sus alegatos de conclusión, la delegada de la Fiscalía General de la Nación pidió la captura y posterior condena en prisión para el exalcalde de Ibagué. Para el ente acusador, Jaramillo es claro culpable del delito de celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La Fiscalía se esforzó por demostrar que Jaramillo estaba al tanto del convenio por $1.691 millones que la Alcaldía de Ibagué firmó con la Corporación Festival Folclórico Colombiano, para organizar las actividades decembrinas de ese año. La fiscal aseguró que la Corporación no era la entidad idónea para ejecutar el convenio y, por eso mismo, tuvo que subcontratar el 100 % de las actividades con las empresas Moriah Company, Dekotrónica y Dotaciones Multi - Proyectos.

Por su parte, el abogado Rodolfo Salas, defensor del exalcale, expuso que la Corporación sí era idónea, y además, que la tercerización en la que incurrió no es ilegal. En sus alegatos el defensor buscó demostrar que las actividades folclóricas y culturales que acostumbra organizar la Corporación, pueden estar relacionadas con la época decembrina.

Sin embargo, la principal tesis de Salas se concentró en la confianza que depositó Jaramillo sobre sus subalternos: el exsecretario de Cultura (e), Basilio Alexander Vicens Murillo, y la exdirectora de la Oficina de Contratación, Lida Niyireth Osma.

"Como quiera que los funcionarios especializados (Basilio Vicens y Lida Niyireth Osma) que estructuraron la etapa precontractual declararon que la Corporación Festival Folclórico Colombiano sí es idónea y no manifestaron reparo alguno, en el presente caso, aplicaría el principio de confianza en sus subalternos", arguyó Salas.

Es decir, para el abogado defensor, en caso de existir alguna falta, no sería responsabilidad del exalcale Jaramillo, sino de sus subalternos, en quienes habría confiado.

Adicional a eso, el abogado Salas manifestó que la fiscal, en sus alegatos de conclusión, había realizado una remisión normativa equivocada. "Los convenios interadministrativos de que trata el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, no es aplicable a este caso, por cuanto la Corporación Festival Folclórico es una entidad de naturaleza privada", añadió.

Además, Salas afirmó que su representado no conocía a los representantes legales de las empresas que fueron subcontratadas por la Corporación, pues, se planteó a lo largo del juicio oral que los contratos desde el principio al parecer estaba 'amarrados' o direccionados.

En ese sentido, la Fiscalía contestó que Jaramillo, por su amplia experiencia en el sector público, debía conocer la importancia de lo que firmaba o se tramitaba en su administración.

"Él conoce de contratación pública, ha sido gobernador, alcalde de Bogotá encargado, alcalde de Ibagué. No puede venir a dárselas de que lo cogieron con los ojos cerrados y le dijeron firme acá. No señor, eso es inadmisible", indicó la fiscal.

Finalmente, resta por conocer la fecha en la cual la juez Quinta Penal del Circuito con Función de Conocimiento, leerá el sentido del fallo. Aunque la Fiscalía pidió que se aplique una condena en prisión, la Procuraduría solicitó que el fallo fuera absolutorio para Jaramillo, es decir, que continúe libre.

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