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Conjunto Alminar Samoa de Ibagué sí tiene agua potable

Conjunto Alminar Samoa de Ibagué sí tiene agua potable

El Juez Sexto Civil del Circuito de Ibagué, Saúl Pachón Jiménez en fallo que dio a conocer el pasado primero de febrero, determinó revocar la sanción que le había sido impuesta al actual alcalde de Ibagué por desacato a una tutela que obligaba a la administración municipal, suministrar agua potable a los residentes del conjunto Alminar Samoa.

No se demostró el Desacato al   fallo de tutela T-476 de 2019 por parte del señor Alcalde Municipal de Ibagué, respecto de la potabilidad del agua surtida”, reza el fallo.

Como se sabe, Alminar Samoa se ha convertido en la punta de lanza de las anomalías que se han venido cometiendo en los últimos años en el licenciamiento de algunas construcciones urbanísticas de la ciudad, sobre todo en lo que tiene que ver con el otorgamiento de las disponibilidades hidrosanitarias.

Se vienen más tutelas

Ante esta decisión del Juzgado Sexto Civil de Ibagué, los propietarios residentes del conjunto Alminar Samoa le dijeron a El Cronista.co que respetan la decisión pero no la comparten, y que por ello interpondrán nuevas tutelas, en las que exigirán que las muestras de agua sean tomadas por una entidad independiente del IBAL.

Hay que recordar que el fallo de tutela de 2019  revisado por la Corte Constitucional obligaba a la Alcaldía y al acueducto comunitario de la Junta de Acción Comunal Ambalá sector Triunfo, a dar solución a la problemática de suministro de agua potable a todos los residentes de Alminar Samoa.

Las casi mil familias de este complejo habitacional siempre han manifestado que el agua que reciben carece de todo saneamiento básico, es decir no es potable. Sin  embargo, en requerimiento que hace el Juzgado a la Alcaldía, esta responde a través de la Secretaria de Ambiente y Cambio Climático, en ese momento Carmen Sofía Bonilla, que el 1º de noviembre de 2022, “se procedió a tomar muestras del índice de riesgo de la calidad del agua (IRCA) antes y después de la etapa de potabilización, obteniendo como resultado que la muestra recogida antes de la potabilización presenta riesgo alto y por tanto no cumple con los paramentos analizados, mientras que la muestra recogida después del proceso de potabilización a la salida de la planta aparece sin riesgo ya que cumple con paramentos analizados, con lo cual se evidencia que a través de la planta de tratamiento se está suministrando agua apta para el consumo humano con índice de riesgo de la calidad del agua (IRCA) de 00, esto es sin ningún riesgo”.

Pruebas realizadas por el IBAL

Adicional a lo expuesto por la funcionaria Bonilla, se anexó el informe rendido por el ingeniero Gilberto Lozano Pérez del IBAL, en calidad de supervisor del contrato de obra 042 de 8 de abril de 2021. En el informe se expone que “las obras de la planta de potabilización se encuentran con un cien por ciento de ejecución quien ratifica la realización de pruebas al agua determinándose que a la salida de la planta de tratamiento, el nivel de porcentaje de contaminación es de 0.0% lo cual significa que es completamente apta para el uso doméstico”.

.El Juzgado en este fallo, en consideración a la providencia anterior, resalta que en ella se omitió “por completo analizar los hechos alegados por la incidentante, quien se fundamenta es en la presunta mala calidad del agua que les es dotada”. Lo que infiere que no hubo una prueba científica que demostrara que en efecto el agua recibida no era potable.

Dice el fallo del Juzgado Sexto Civil de Ibagué que “queda más que evidenciado, que las afirmaciones contenidas por la tutelante en cuanto a la falta de potabilidad del agua con que es dotado su apartamento, carece de acreditación y por tanto habrá de revocarse la providencia consultada, para en su lugar declarar no probado el incidente planteado”.

Vale decir que la tutelante en este caso es la residente propietaria Diana Villarreal, quien viene librando una ardua lucha en favor de las mil familias de este conjunto.

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