Salud
El craso error de la secretaria de Salud de Honda
Una menor de 8 años perdió la vida producto del sangrado en abundante cantidad luego de ser extraída un pieza dental en un consultorio odontológicoen el municipio de Honda, que de acuerdo con el comunicado de la secretaria de Salud del Tolima, no había realizado las diligencias de habilitación para prestación de los servicios desde el 2019.
Y aunque el profesional del consultorio odontológico trasladó a la menor al Hospital San Juan de Dios de Honda y recibió maniobras de reanimación, fallece. Son varios los interrogantes que surgen luego de este fatídico hecho que enlutece a un departamento. ¿Dónde están las autoridades de salud, en especial, los funcionarios de la alcaldía de Honda, por estos meses lleno de contratistas.
La Secretaria de Salud del Tolima emitió este comunicado:
“COMUNICADO VISITA DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL
Establecimiento odontológico Municipio de Honda
La Secretaría de Salud del Tolima informa:
• El 09 de agosto de 2023 se realiza visita de inspección, vigilancia y control para trámite de PQRD trasladada por Secretaría de Salud y Proyectos Social de la Alcaldía Municipal de Honda, Tolima, solicitud recibida por correo electrónico el 05 de agosto, con asunto: “Notificación de Muerte de la Menor S.B.T.”.
• El profesional del consultorio odontológico que realizó la atención, informa que el día 04 de agosto, en horas de la tarde, la madre de la menor solicitó consulta para exodoncia. En el procedimiento el profesional evidencia sangrado en abundante cantidad, razón por la cual en vehículo propio trasladó a la menor al Hospital San Juan de Dios de Honda donde lastimosamente, posterior a maniobras de reanimación, fallece.
• El consultorio odontológico NO cuenta con la habilitación requerida. Estuvo habilitado en el Registro Especial de Prestadores (REPS) hasta marzo de 2019; sin embargo, al no realizar la autoevaluación exigida por la normatividad vigente se inactivó en el sistema, por tanto no puede ofertar ni prestar servicios.
• La comisión técnica de la Secretaría de Salud Departamental, posterior a la verificación en el marco de la normativa vigente y del macroproceso de inspección, vigilancia y control, procede a imponer medida sanitaria de seguridad en terreno de carácter preventivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley 09 de 1979, consistente en: a) Clausura temporal del establecimiento, cierre total. Se solicitó al profesional abstenerse de prestar servicios que no se encuentren habilitados en cumplimiento de la Resolución 3100 de 2019.
• La Dirección de Oferta de Servicios realizará traslado de los resultados de la visita con el fin de que se adelanten las acciones pertinentes a: habilitación y área Jurídica de la Secretaría de Salud Departamental, al Tribunal de Ética Odontológica y a la Secretaría de Salud y Proyectos Social de la Alcaldía Municipal de Honda, Tolima, para lo de su competencia.
• Se reitera a las direcciones locales de Salud, secretarías de Salud o quien haga sus veces a cumplir con lo establecido en el decreto 780 de 2016 y realizar de manera permanente una búsqueda activa de los Prestadores de Servicios de Salud que operan en sus municipios e informar al área de habilitación del Departamento quien procederá a verificar lo pertinente para garantizar el cumplimiento permanente de las condiciones de habilitación”.
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Si bien es cierto, como pacientes también tenemos deberes, y uno de ellos es, por ejemplo, la verificación de los sellos de habilitación al día, la Secretaria de Salud del Tolima, también llena de profesionales, tiene la obligación de realizar esa auditoría permanente a las alcaldías, direcciones o secretarias de salud locales, con el ánimo de revisar que cumplan con esas tareas que están escritas en la ley.
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