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Rama Judicial suspende términos por razón del sismo en siete departamentos

Rama Judicial suspende términos por razón del sismo en siete departamentos

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La gravedad de las emergencias ocurridas en el territorio nacional, debido al fuerte movimiento telúrico registrado en la mañana del día lunes 10 de agosto, llevó al Gobierno Nacional a decretar el estado de desastre nacional para canalizar recursos y atender oportunamente los estragos de la emergencia. Las regiones con mayores afectaciones estructurales y fallas en sus servicios esenciales incluyen a Cauca, Caldas, Chocó, Quindío, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca.

En respuesta a la coyuntura, el Consejo Superior de la Judicatura emitió el Acuerdo PCSJA26-12564 para ordenar la suspensión general de términos procesales e instruir la modalidad de trabajo remoto. Esta pausa administrativa rige desde el 10 hasta el 14 de agosto de 2026 en los departamentos más castigados, así como en las jurisdicciones de Puerto Boyacá y Puerto Salgar. El objetivo central de la alta corporación radica en evaluar los estragos en las sedes judiciales y resguardar la vida del personal sin perjudicar el derecho al debido proceso.

Pese a la parálisis temporal de las dependencias, el órgano judicial aclaró que la medida contempla excepciones clave para no detener las garantías fundamentales. El trámite de acciones de tutela, recursos de hábeas corpus, audiencias de control de garantías con capturados y diligencias vinculadas a personas privadas de la libertad continuará atendiéndose. Para asegurar el flujo de estos procesos urgentes, las direcciones seccionales dispondrán de herramientas tecnológicas o presenciales según las circunstancias de cada territorio.

Adicionalmente, el reglamento habilita a los nominadores de la Rama Judicial para implementar el trabajo desde el hogar hasta por un periodo de tres meses prorrogables, siempre que persistan las condiciones de fuerza mayor. Quienes operen bajo esta figura deberán mantener disponibilidad en sus jornadas laborales y habilitar canales de atención virtual al ciudadano. De igual forma, los servidores podrán usar equipos propios o de la entidad, mientras que diligencias específicas como inspecciones judiciales presenciales o audiencias orales dictaminadas por la Corte mantendrán sus exigencias ordinarias.
 

*Con información suministrada por la oficina de prensa del Consejo Nacional de la Judicatura.

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