Economía
Tribunal Administrativo negó demanda contra Ibal por presunto incumplimiento en financiación de Acueducto Complementario
El Tribunal administrativo del Tolima denegó las pretensiones de una demanda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en contra del municipio de Ibagué y el Ibal, por presunto incumplimiento de las obligaciones contractuales de un convenio 059 del 25 de junio del 2007, que buscaba la financiación para el acueducto complementario en su fase I etapa I.
El Tribunal además ordenó liquidar de manera jurídica ese convenio. Igualmente, el Superior, condenó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio de acuerdo al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, fijando un salario mínimo legal mensual vigente por concepto de agencias en derecho para cada una de las entidades municipales demandadas.
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En la demanda dicha cartera del orden nacional solicitó se declarara el incumplimiento del municipio de Ibagué por un valor de 3 mil 900 millones de pesos, igualmente el pago de más de $1.200 millones por cláusula penal; asimismo el pago correspondiente al costo de oportunidad del dinero que permaneció inactivo; y se solicitó también liquidar el convenio y que se condene en costas al IBAL como entidad accionada.
Igualmente, el Ministerio solicitaba se declarara el incumplimiento por parte del municipio, el pago de más, luego de la exposición de hechos, el trámite de procesal que se inició mediante auto fechado el 2 de septiembre de 2015, en el que se admite la demanda; así como el análisis de las pruebas presentadas por las partes en audiencias realizadas en el 2016 y las consideraciones de la sala como Corporación competente para aprehender el conocimiento en primera instancia del asunto.
Es así que el 20 de junio de 2019, el Tribunal Administrativo del Tolima se pronunció en primera instancia en la demanda interpuesta por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio contra el Municipio de Ibagué y en donde se vinculó a las Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado IBAL S.A. E.S.P – La providencia estudiada y aprobada en Sala.
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