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“El victimario se disfrazaba de víctima”: jueza Heredia al declarar culpable a Uribe
El expresidente Álvaro Uribe Vélez, declarado culpable por los delitos de soborno y fraude procesal.
Tras diez horas de la lectura del sentido del fallo en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez, ayer 28 de julio, la jueza Sandra Liliana Heredia marcó un hito en la historia judicial de Colombia. Es la primera vez que se condena a un exmandatario por ser determinador en el entramado de fraude procesal y soborno en actuación penal.
La togada, oriunda del Tolima, pronunció varias frases que reflejaron no solo la dimensión jurídica del caso, sino también la integridad ética con la que condujo uno de los procesos más sensibles del país.
Durante los 475 días que duró el juicio, se caracterizó por poner orden en su sala. Esta vez no fue diferente. A minutos de iniciar, dijo: "Yo les tuve paciencia, les pido lo mismo". Seguidamente señaló: “La justicia ha llegado como debe ser: serena, reflexiva y sin presiones”, en relación con un juicio que generó expectativas al tratarse de un personaje central de la política colombiana y que despierta odios y amores de manera radical.
La jueza destacó de manera contundente: “este juicio no es un juicio contra la historia política, no es una revancha. Es un acto de justicia y solo de justicia”, así como, “nadie está por encima de la ley ni por debajo de ella” y “Hoy este juzgado no decide respecto a un nombre, decide frente a unos hechos, y esa distinción es vital.”
Así, la jueza enfrentó no solo un juicio mediático y político, sino también una ola de ataques personales y misóginos que intentaron deslegitimarla en el juicio. "Los intentos de deslegitimación y los ataques que ha recibido la judicatura", también, “la conducción de este proceso ha estado a cargo de mujeres que, desde sus roles, en cada una de las etapas del proceso, han enfrentado con valentía incluso ataques machistas y cuestionamientos que no se habrían formulado, quizás, si quien decidiera fuera un hombre”, y finalmente: “la toga no tiene género, pero sí carácter.”
El sentido del fallo
La jueza Sandra Heredia expuso con rigor técnico los fundamentos jurídicos que permitieron establecer la responsabilidad de Uribe como determinador. Uno de los aspectos clave fue la relación de influencia que sostuvo con el abogado Diego Cadena, quien actuó como ejecutor de las conductas ilícitas: “entre Cadena Ramírez y Álvaro Uribe Vélez hubo una relación de subordinación, aunque ella no sea aceptada por la defensa”, señaló.
Además, se evidenció la relación de poder ejercida claramente por Álvaro Uribe Vélez, quien representaba una figura de autoridad indiscutible. Había sido concejal, gobernador, senador, dos veces presidente de la República y contaba con el respaldo de los bufetes más influyentes del país, mientras que Cadena era apenas un abogado en ascenso, recurriendo a cualquier estrategia, dentro o fuera del margen legal, que le garantizara mantenerse como “el abogado de Uribe”.
Así, la jueza estableció al expresidente Uribe como determinador, con conocimiento de las acciones que Cadena realizaba en su nombre: “fiel a su apellido se dedicó a encadenar personas, acciones y delitos, forjando un entramado donde cada eslabón cumplía una función asignada, con la consigna inquebrantable de resguardar la identidad del verdadero instigador”, indicó la togada.
Por parte de Uribe había un especial interés en desacreditar al senador Iván Cepeda y a los testigos que hablaban en su favor, como Juan Guillermo Monsalve y Pablo Hernán Sierra. A través de una estrategia encubierta, con plena consciencia de la ilegalidad, Cadena y otros emisarios buscaron retractaciones, incluso cuando sabían que los teléfonos estaban interceptados: “Recuerde que la vulnerabilidad de nosotros, estos teléfonos los tienen interceptados”.
Finalmente, Heredia señaló que la defensa basada en el “desconocimiento sobre lo que gestaba a sus espaldas es una tesis que la Judicatura rechaza sin ambages”, y destacó con dureza que el resultado del juicio se da por “una maniobra que a la inversa atribuyó a sus contradictores, cuando él mismo la ejecutaba desde las sombras, en una suerte de espejo distorsionado donde el victimario se disfrazaba de víctima”.
Así, la jueza determinó su culpabilidad en los delitos de soborno en actuación penal en concurso homogéneo y fraude procesal en concurso homogéneo, con conocimiento, y que, además, “afectó gravemente el bien jurídico de la Administración de Justicia”, y cuyo ejemplo, en la incursión de estos delitos, “ha mandado también un mensaje a la sociedad muy negativo para las futuras generaciones”.
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