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Quitarse el condón con el cuento de sentir más placer será un delito

Quitarse el condón con el cuento de sentir más placer será un delito

Una práctica sexual no consensuada, y que se conoce con el nombre de ‘stealthing’, en donde los hombres se retiran el preservativo en la relación sexual sin el consentimiento de su pareja es el tema de discusión del nuevo proyecto de ley que busca penalizar esta acción que incluso puede poner en riesgo la vida de la otra persona. 

El proyecto de ley liderado por Julián Peinado del partido Liberal en su articulado dice que la pena a pagar por esta práctica denominada acceso carnal engañoso que además puede derivar en un trauma o enfermedad podría estar entre al menos un año y hasta ocho años.

Sustenta su propuesta en la afectación de los derechos sexuales y reproductivos de la pareja, hace énfasis en las enfermedades de transmisión sexual y embarazo no deseado cuando el hombre se ha quitado el condón sin consentimiento. 

"Hay una cosa que es necesario advertir y es que un legislador siempre que trabaja una ley es en abstracto. Lo que le preocupa al Congreso es detectar conductas que atenten contra los bienes jurídicos, en este caso es sobre la salud sexual de los colombianos y que en efecto se pueda evidenciar un daño a los colombianos. Aquí lo que se crea es una conducta, que a la hora de ser tipificada como un delito lo que se hace es que se manda un mensaje que el derecho penal conoce como prevención general", dijo el ponente en diálogo con Caracol radio.

Desde ya el proyecto de Ley genera roncha, porque debe quedar establecida la ruta de atención inmediata, situación que deberá llevar a los jueces de la república y autoridades competentes del caso a tomar medidas urgentes y eficientes. 

En otro de sus apartes dijo Peinado:  "Esto también implica la disuasión de las normas por su sola creación. Así los colombianos entienden que no pueden realizar cierta conducta, en este caso no se pueden quitar el condón sin consentimiento de su pareja, siendo hombre o mujer. Esto significa una pena de dos a cuatro años, porque la ley contempla que quien toque con sus genitales a otra persona sin consentimiento, la ley determinará si corresponden entre los dos y cuatro años."

Para que la afectada pueda demandar se requiere de pruebas que conduzcan a ejecutar el debido proceso. Compleja situación. Finalizó el dirigente expresando que "En el ejercicio probatorio, como cualquier delito, la prueba le corresponde a la víctima y es quien debe aportar el tiempo, modo y lugar. Cada caso es particular y será el ejercicio probatorio lo que determine la decisión del juez".

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