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Personería de Ibagué formuló cargos a ex funcionarios implicados en obras del Portal San Gabriel

Personería de Ibagué formuló cargos a ex funcionarios implicados en obras del Portal San Gabriel

La investigación de carácter disciplinario acogió a Piedad Lorena Velásquez Sandoval, Juan Carlos Granados y Rafael Fuertes Arias, en calidad de Gerente, Jefe de Vivienda y supervisor y Jefe de la Oficina Jurídica de la Gestora Urbana respectivamente para la época de los hechos.

A los anteriores se les imputó la presunta comisión de una conducta calificada como gravísima, en el numeral 31 del artículo 48 de la ley 734 de 2002, e imputadas a título de culpa gravísima.

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Lo anterior, al considerar que posiblemente los investigados al parecer, modificaron y/o cambiaron el objeto del contrato de asociación inicial (contrato asociativo No. 018 del 31 de marzo de 2014), mediante la suscripción del contrato de adición No. 001, del 27 de agosto de 2014, y con ello, alteraron las condiciones y la esencia del contrato inicial, los convenios y actos precontractuales que dieron origen al contrato asociativo.

De acuerdo con las consideraciones de la Personería Municipal de Ibagué, en el contrato adicional mencionado, no solo hubo un presunto cambio irregular e injustificado del objeto y de las obligaciones de las partes, sino que se autorizó el cambio de la destinación de los dineros, para la ejecución de obras, que a la luz del contrato asociativo número 018, estaban a cargo del socio gestor (Gestora Urbana), parte a la que le recaía para el inicio de la construcción de las unidades de vivienda, la entrega de las obras de urbanismo del lote que se iba a intervenir.

Con ello, quedó evidenciada la presunta irregularidad en el actuar de los investigados, puesto que con la participación en el contrato adicional, no solo realizaron la modificación a la esencia misma del contrato asociativo, sino que el mismo refleja una desatención en normas, condiciones y prerrogativas de obligatorio cumplimiento como lo son los principios rectores de la contratación pública y de la función pública, los pliegos de condiciones del proceso que origino como resultado la suscripción del contrato en mención y los convenios interadministrativos suscritos.

Finalmente, por el comportamiento reprochado a los antes señalados este Órgano de Control ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la nación teniendo en cuenta que los disciplinados presuntamente pudieron incurrir en una conducta que puede tipificar la vulneración a la ley penal en materia de contratación estatal.

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