Con la reciente aceptación de la autoridad sanitaria de los Estados Unidos para que el aguacate Hass producido en Colombia ingrese a ese país, el ICA invita a todos los productores para que registren sus predios ante la Entidad e inicien el proceso de aplicación del Plan Operativo de Trabajo, POT, establecido por el ICA y APHIS –USDA, el cual es socializado al productor una vez registre su predio.
El registro del predio productor se puede realizar en la oficina local del ICA más cercana al predio mediante solicitud escrita firmada por la persona natural o el representante legal, la cual debe contener datos como: nombre de la persona natural o representante legal, documento de identificación, dirección, teléfono, correo electrónico, nombre del predio, vereda, municipio y departamento.
Así mismo, la solicitud debe mencionar las especies con nombre común y científico de las variedades y áreas vegetales a producir. Estos y otros requisitos establecidos en el capítulo II del artículo 4 de la Resolución ICA 448 de 2016, son el primer paso que deben cumplir los productores para llevar el aguacate Hass a los Estados Unidos.
Una vez obtenido el registro ICA, el titular del predio debe manifestar mediante un oficio el interés para ingresar al programa de certificación de lugares de producción libres de las tres plagas cuarentenarias que exigen los Estados Unidos, anexando una carta de compromiso en la cual se responsabiliza a realizar la caracterización del área buffer, es decir las zonas de amortiguamiento y áreas cercanas a los límites de cada predio.
Una vez cumplido este proceso, el ICA visita el predio para comprobar los requisitos y la capacidad operativa de la Entidad para ejecutar las actividades de vigilancia oficial establecidas en el plan de trabajo.
Esta vigilancia es realizada únicamente por el ICA como Entidad oficial de acuerdo a lo establecido en el POT construido entre el ICA y el APHIS –USDA. Estos sitios de producción son vigilados mensualmente por el ICA dos (2) meses antes de la cosecha y hasta que se complete la misma.
Los predios que ya cuentan con el registro ICA para la exportación de sus productos vegetales en fresco con la anterior normatividad y que deseen ingresar a este programa de certificación, deben actualizar su registro ante el ICA tanto en la parte documental como en su infraestructura de acuerdo con la Resolución 448 de 2016.
El POT es un documento que define los deberes y responsabilidades de cada participante; explica claramente las acciones de mitigación de plagas, necesarias para asegurar la integridad fitosanitaria de los productos exportados hacia Estados Unidos desde Colombia; y protege de la introducción accidental de plagas cuarentenarias a través de esta vía, y asegura que todos los participantes entiendan la base biológica de las acciones requeridas.
Las actividades que se deben realizar en los predios registrados de acuerdo al POT son: monitoreo y manejo de las plagas en los sitios de producción, reducción de plagas cuarentenarias, recolección, transporte, embalaje en plantas empacadoras, documentación, trazabilidad, cosecha, poscosecha, certificado fitosanitario, vigilancia y la inspección en puerto de entrada a los Estados Unidos la cual será realizada por el APHIS.
El ICA trabaja y aplica medidas y acciones en los sitios de producción y certificación de núcleos de producción libres de plagas cuarentenarias para que los predios cumplan con los requisitos fitosanitarios para exportar guacate Hass a Estados Unidos.
|
(CO) 313 381 6244
(CO) 311 228 8185
(CO) 313 829 8771