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Juez ordena suspender uso de gas lacrimógeno

Juez ordena suspender uso de gas lacrimógeno

Un juez de Bogotá, en fallo de tutela, le ordenó al Ministerio de Defensa y por su conducto a la Policía Nacional, suspender el uso de gases lacrimógenos. 

El fallo  señala que “ordenar, de forma inmediata, al Presidente de la República y a la Nación – Ministerio Defensa Nacional – Policía nacional que suspenda el uso de los agentes químicos, dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido; Granadas con carga química; granadas fumígenas; Cartuchos con carga química CS, OC y, cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante.

Recordar que la Corte Suprema hace poco, después de los graves hechos ocurridos en Bogotá,  había ordenado la suspensión de las escopetas calibre 12 bean bang.

Se aclara que dicha prohibición se mantendrá mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria dispuesta por el Gobierno Nacional o sus prórrogas”.

Por su parte el Ministerio de Defensa Nacional en comunicado dice que acata el fallo, y expresa  que hará uso de las herramientas disponibles en el ordenamiento jurídico, con el fin de que se realice una evaluación de acuerdo con el marco jurídico y el fundamento internacional y nacional que existe sobre la materia".

El juez del caso indicó que “resultaría una combinación muy peligrosa el uso de estos gases en momentos de propagación del virus, bien sea porque su efecto en el cuerpo humano degrada las defensas antivirales de los pulmones y por tanto, el ciudadano quedaría en mayor riesgo y su salud más expuesta en caso de contagiarse por Covid”.

Señaló también el juez  que “cualquier norma o protocolo de bioseguridad se va al traste al momento en que estos agentes químicos se utilicen.Estos agentes químicos generan indudablemente afectación en la salud humana, llegando a ser prohibidos en algunos países o también en algunas ciudades”.

”La utilización de estos agentes químicos que buscan dispersar a la multitud no solo atentan contra el derecho fundamental a la salud de quienes hacen parte de la protesta, sino también el de transeúntes, habitantes y trabajadores del sector afectado, quienes no deberían soportar la carga desproporcionada de ver afectada, así sea temporalmente, sus capacidades sensoriales como consecuencia del uso indiscriminado de esta sustancia" reza el fallo de tutela que fue interpuesto por un ciudadano.

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