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Fallo de la Corte IDH a favor de Petro, pone en problemas al gobierno

Fallo de la Corte IDH a favor de Petro, pone en problemas al gobierno

El senador de la Colombia Humana Gustavo Petro, ganó el pleito que por varios años llevó en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIH) contra la Procuraduría General de la Nación, cuando fue destituido de su cargo por el cuestionado y oscurantista exprocurador Alejandro Ordoñez. 

La decisión establece que los funcionarios elegidos popularmente no podrán ser retirados de sus cargos por cuestiones disciplinarias ni fiscales, lo que implica que tanto los Contralores como los Procuradores, no podrán retirar de sus cargos a los funcionarios elegidos por el voto popular. 

Esto implica que la legislación colombiana deberá cambiar su modalidad para ajustarse a estos parámetros y no permitir que se vuelva a destituir a funcionarios elegidos popularmente por cuestiones disciplinarias. 
Este fallo de la Corte IDH puede ser apelado. 

Después de este largo proceso donde la Corte Interamericana de Derecho Humanos, le dio la razón a Petro, actual senador y posible candidato a la Presidencia, queda demostrado que su proceso en la Procuraduría de Ordoñez era inminentemente político y además, injusto. 

 En esta caso, cuando la Procuraduría lo destituyó de la alcaldía de Bogotá en 2014, se vulneraron sus derechos políticos. El Tribunal Internacional condenó a Colombia por la violación de los derechos del senador de la Colombia Humana y le ordenó al Estado cambiar la normatividad interna para que, en el futuro, una entidad administrativa, como el Ministerio Público o la Contraloría, ya no puedan destituir a personas elegidas por voto popular.

El aparte fundamental del fallo señala: “La Corte ya concluyó anteriormente que una sanción de inhabilitación o destitución de un funcionario público democráticamente electo por vía de autoridad administrativa y no por ‘condena, por juez competente, en proceso penal’, es contraria a la Convención (Pacto de San José) y al objeto y fin de la Convención. Por las mismas razones, la Corte concluye que el Estado (Colombia) incumplió con sus obligaciones previstas en la Convención, por la existencia y aplicación de las normas del Código Disciplinario que facultan a la Procuraduría a imponer dichas sanciones a funcionarios públicos democráticamente electos, como fue el caso del señor Petro”, dice la sentencia de la Corte IDH.

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