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Se radicaron 120 denuncias contra empresas por incumplir el alza del salario mínimo en el Tolima

Se radicaron 120 denuncias contra empresas por incumplir el alza del salario mínimo en el Tolima

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En entrevista con Caracol Radio, la directora de la Territorial Tolima del Ministerio del Trabajo, Lina Zaida Mendieta, informó que durante el mes de enero se han radicado 120 quejas en el Tolima contra empresas que no estarían aplicando el aumento del 23,5 % del salario mínimo para 2026.

Más o menos tenemos 600 consultas, muchas de ellas relacionadas con el no pago del salario vigente; en comparación con el año pasado, la diferencia oscila entre 120 y 150 casos”, explicó la funcionaria.

Mendieta señaló que el Ministerio del Trabajo ya adelanta investigaciones preliminares y realizará inspecciones presenciales en las empresas denunciadas, las cuales podrían enfrentar sanciones administrativas. “El pago del salario debe hacerse conforme a la ley”, reiteró Mendieta.

Muchas de las consultas están relacionadas con el no pago del salario vigente, despidos de mujeres en estado de embarazo y solicitudes de conciliación.

Una tendencia nacional

El caso del Tolima no es ajeno a lo que ocurre en otras regiones del país, donde varias empresas han decidido no aplicar el aumento del salario mínimo decretado por el Gobierno nacional. Esto, a la espera de una decisión del Consejo de Estado frente a las demandas interpuestas por los gremios Fenalco y Asocapitales. Algunos empleadores aseguran que, en caso de que el alto tribunal ratifique el incremento, reconocerán el pago retroactivo correspondiente.

¿A qué se enfrentan las empresas?

Tal como lo manifestó la directora territorial, las empresas que incumplan la normatividad pueden ser objeto de sanciones por parte del Ministerio del Trabajo. La ley no contempla periodos de gracia: si el empleador no paga la quincena correspondiente incurre en una falta.

De acuerdo con el artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 1610 de 2013, el Ministerio del Trabajo está facultado para imponer multas a los empleadores infractores.

Además, este puede ser condenado al pago retroactivo de las diferencias salariales, al reajuste de las prestaciones sociales, a sanciones moratorias y a asumir las costas del proceso judicial.

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