Periodismo de análisis y opinión de Ibagué y el Tolima

Destacadas

Consejo de Estado le pone freno a Modelo de Salud Preventivo del Gobierno Petro

Consejo de Estado le pone freno a Modelo de Salud Preventivo del Gobierno Petro

El Consejo de Estado señaló que el Decreto desbordaba las competencias del Ejecutivo, mientras el presidente Petro afirma que el auto judicial, limita el acceso al derecho a la salud.

El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, decretó la suspensión provisional del Decreto 0858 del 30 de julio de 2025, denominado Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, expedido por el Gobierno Nacional. Según el tribunal, la norma excedía las competencias reglamentarias del Ejecutivo y modificaba elementos esenciales del sistema de salud.

La demanda fue presentada por el representante a la Cámara del Centro Democrático, Andrés Forero, quien alegó la violación de los artículos 150 y 152 de la Constitución Política, al considerar que el decreto excedía los límites de la función reglamentaria del Gobierno Nacional al regular de manera integral la prestación del servicio de salud, una competencia exclusiva del Congreso de la República.

El decreto de acuerdo con el auto judicial alteraba las funciones de las EPS, las Secretarías de Salud y los Centros de Atención Primaria (CAPS), además de modificar los criterios de adscripción de los usuarios. Para la Sala, estas disposiciones “constituyen una transformación estructural del modelo de prestación, al integrar de manera obligatoria a todos los actores del sistema —públicos, privados y mixtos—, redefinir la gobernanza territorial de la salud y desplazar el centro funcional hacia la atención primaria”.

Asimismo, el Consejo de Estado señaló que el decreto creaba las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), las cuales estarían conformadas por las entidades territoriales departamentales y distritales, desplazando a las EPS, que desempeñaban ese papel según la Ley 100 de 1993.

La Sala también advirtió que el decreto modificaba la función de recaudo y administración de las cotizaciones asignada por ley a las EPS, lo que implicaba una alteración sustancial del marco normativo vigente. “Pese a encontrarse previamente establecidos en la ley, estos aspectos están siendo modificados por el decreto acusado”, indicó el auto judicial.

Por su parte, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, defendió el alcance del modelo suspendido. “El objetivo del Gobierno, plasmado en el decreto, es garantizar el derecho fundamental a la salud, según la Ley Estatutaria 1751 de 2015, en todo el territorio nacional y sin ningún tipo de discriminación. Hoy la discusión es sobre el vehículo normativo, no sobre la legitimidad del modelo. Los dueños del negocio no quieren que se garantice ese derecho. No nos vamos a paralizar. El cambio continúa, afirmó.

El presidente Gustavo Petro se manifestó a través de su cuenta de X y lamentó la decisión del Consejo de Estado, "Si en tiempos del COVID hubiera existido en Colombia el sistema preventivo, decenas de miles de personas que murieron, no hubieran muerto. Sin el sistema de salud preventivo que construimos en todos los territorios del Tolima, no hubiéramos sobremontado, con éxito, la fiebre amarilla."

 

Siguenos en WhatsApp

Artículos Relacionados