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"Sí le ponemos impuesto a la gasolina, pero el pobre casi no usa gasolina": Petro
Gustavo Petro, presidente de Colombia.
Una serie de polémicas declaraciones lanzó el presidente Gustavo Petro en su alocución presidencial del martes 2 de septiembre. Sin embargo, una de las que más llamó la atención fue aquella con la cual el jefe de Estado trató de justificar los impuestos a los combustibles que contempla el proyecto de reforma tributaria que su gobierno radicó ante el Congreso.
"Le ponemos impuesto a la gasolina, sí, pero el pobre no usa casi la gasolina. El que más usa la gasolina es el de (la camioneta) cuatro puertas", fue la polémica frase que lanzó Petro para intentar justificar el aumento del impuesto para el ingreso al productor de la gasolina y el ACPM a partir del 2026.
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El mismo presidente admitió que la reforma tributaria o Ley de Financiamiento, con la cual aspira a recaudar $26,2 billones, sí contempla un impuesto sobre los combustibles, aunque no aumenta directamente la tarifa general ni de la gasolina ni del ACPM.
La reforma tributaria propone aumentos progresivos del Impuesto sobre las Ventas (IVA) para el ingreso al productor, que es uno de los tres ítems que hacen parte de la tarifa final de los combustibles que pagan los consumidores. En principio, dicho aumento del impuesto lo debería asumir Ecopetrol, pero a la postre se podría ver reflejado en las tarifas, como lo reconoció Petro.
"Pueden decir que no la aprueban (la reforma tributaria) y meterán a Colombia en el abismo los que hacen esto. No la aprueban porque no quieren ponerle impuestos a los ricos", enfatizó el presidente, pese a que un combustible como la gasolina es de uso general y cotidiano entre las clases populares del país.
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De acuerdo con el escrito que radicó el ministro de Hacienda, Germán Ávila, ante el Congreso, los aumentos del IVA para el ingreso al productor quedarían de la siguiente manera:
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Para el año 2026 la tarifa del ingreso al productor en la venta de gasolina será del 10 %. A partir del 1 de enero de 2027 estará gravada a la tarifa general.
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Para los años 2026 y 2027, la tarifa del ingreso al productor en la venta de ACPM será del 10 %, y a partir del 1 de enero de 2028 aplicará la tarifa general.
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A partir del 1 de enero de 2027 el biocombustible de origen vegetal o animal para uso en motores diésel de producción nacional con destino a la mezcla con ACPM estará gravado a la tarifa general.
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A partir del 1 de julio de 2026 el alcohol carburante con destino a la mezcla con gasolina para vehículos automotores estará gravado a la tarifa general.
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Para todos los demás combustibles derivados del petróleo y sujetos responsables de estos bienes, se aplicará la tarifa general desde el 1 de enero de 2026.
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