Ambiente
Consejo de Estado prohíbe la minería en los ríos Combeima, Coello y Cocora
En primera instancia el Tribunal Administrativo del Tolima falló a favor de la acción popular interpuesta por la Personería de Ibagué, la cual pretendía proteger las cuencas de los ríos Combeima, Coello y Cocora.
De un lado, se buscaba salvar de la minería a las cuencas de estas importantes fuentes hídricas. A su vez, en palabras de la Personería, se "solicitó el amparo de los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, a la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución".
El primer fallo fue llevado ante el Consejo de Estado, quien lo ratificó. "Reconoce a los ríos Coello, Combeima y Cocora, sus cuencas y afluentes como entidades individuales, que son sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y las
comunidades".
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En ese sentido, se prohíbe la exploración y explotación minera en los tres ríos. Se suspenden cuatro concepciones que se habían entregado a la multinacional Anglo Gold Ashanti y una más que está a nombre de los ciudadanos Fernando Montoya, Alberto Murillo y Eugenio Gómez.
"La suspensión de estos títulos se mantendrá hasta tanto se demuestre a Cortolima y a la Agencia Nacional de Minería (ANM) que utilizarán una fuente alterna para las labores de exploración y eventual explotación, en caso de que se identifique dicha fuente, la explotación está supeditada a que se utilice un método de extracción sin mercurio".
La Personería de Ibagué expresó que se siente muy complacida con la ratificación del Consejo de Estado, sin embargo, agregó que el fallo del Tribunal Administrativo del Tolima daba órdenes más precisas para la protección del medio ambiente. "Sentimos que el alto tribunal pudo ser más generoso en sus decisiones", sentencia.
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