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“Condena de primera instancia debió confirmarse en segunda instancia”: magistrada Oviedo
“Sostengo que el acusado sí incurrió en el delito de soborno en actuación penal en calidad de determinador, frente al evento de Juan Guillermo Monsalve”: magistrada María Leonor Oviedo, quien salvó su voto en la decisión que absolvió a Uribe.
La magistrada María Leonor Oviedo Pinto se apartó de manera radical de la decisión mayoritaria del Tribunal Superior de Bogotá, que este martes 21 de octubre absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de su condena a 12 años que le había sido impuesta en primera instancia por la juez Sandra Heredia por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
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Durante su extensa intervención para explicar de manera argumentativa su salvamento de voto, en cada uno de los puntos precisó apartarse de la decisión tomada por sus compañeros, los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez y Alexandra Ossa Sánchez.
Al iniciar su intervención dijo que la condena de primera instancia contra el expresidente Álvaro Uribe debió ser ratificada íntegramente en segunda instancia. “La única decisión posible era confirmar la sentencia”, dijo en otro de sus apartes. Fue contundente en decir que la interceptación que se hizo debe conservar la validez.
“Sostengo que el acusado sí incurrió en el delito de soborno en actuación penal en calidad de determinador, frente al evento de Juan Guillermo Monsalve”, fue otro de los argumentos esgrimidos durante la explicación del salvamento de voto de la magistra Oviedo Pinto.
Este salvamento de voto le da mayores argumentos a las víctimas para tener mayore posibilidades con el recurso de casación. A propósito, la principal víctima en este sonado caso, el precandidato presidencial Iván Cepeda Castro dijo que apelarán la decisión del Tribunal. “Anunciamos, claramente, que apelaremos al recurso de la casación y que estudiaremos otros contextos, como el Sistema Interamericano. No lo hemos decidido, pero es una posibilidad”, anunció.
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