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Así es el proceso de certificación de uso del suelo para establecimientos comerciales

Así es el proceso de certificación de uso del suelo para establecimientos comerciales

En sesión ordinaria del Concejo, la Secretaría de Planeación explicó los procesos que adelanta la dependencia sobre el certificado de uso del suelo

El certificado de compatibilidad de uso del suelo es uno de los requisitos que deben cumplir los ibaguereños a la hora de poner en marcha un establecimiento comercial o industrial.

De acuerdo con Ismael Molina, secretario de Planeación (E), esta certificación se emite según el uso establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial del año 2015, y son las inspecciones de Policía las encargadas de hacer control y verificación del cumplimiento del mismo.

“Este requisito para el establecimiento de cualquier actividad comercial, industrial o de vivienda, le permite a los ciudadanos hacer los trámites respectivos ante la Cámara de Comercio o demás entidades que lo requieran, todo esto para su proceso de formalización”.

Y agregó: “Estamos aclarando, a través de decretos reglamentarios, temas como los horarios. En ese aspecto estamos  utilizando el Decreto 419 del 2006, que nos permite aplicar soluciones que favorezcan a los comerciantes de la ciudad”.

La Secretaría de Planeación viene adelantado mesas de trabajo con la Cámara de Comercio de Ibagué en el tema del uso del suelo.

“Ya hemos tenido dos reuniones con ellos, porque queremos que este tema del uso del suelo no sea una barrera y se convierta en una solución para los comerciantes de la ciudad”, expresó el funcionario.

Las personas que deseen realizar este trámite deben de acercarse a la Secretaría de Planeación Municipal y remitir una solicitud escrita indicando la actividad que se pretende desarrollar en el establecimiento, así como una copia del recibo predial.

Establecimientos comerciales con vigencia de normas anteriores al POT son objeto de protección

Los propietarios o poseedores de inmuebles, que bajo la vigencia de normas establecidas en el pasado -pero derogadas en la actualidad-, obtuvieron el concepto de uso de suelo que permite el funcionamiento de los establecimientos, serán objeto de protección por parte de las autoridades locales y en particular de la Secretaría de Planeación a través de la figura de ¨uso establecido¨.

De acuerdo con Molina, esto rige siempre y cuando el establecimiento tenga el mismo propietario, conserve la misma actividad y además guarde las características originales de cuando se adquirió el concepto de uso compatible del suelo.

Es importante aclarar que la tradición de un establecimiento de comercio en un inmueble no se constituye en autorización tácita de las autoridades locales para desarrollar la actividad que se venga ejerciendo de tiempo atrás.

Por el contrario, ante situaciones irregulares o anómalas en relación con el ordenamiento territorial, es deber de la Administración adoptar correctivos y disponer de mecanismos que garanticen el restablecimiento del orden público o la normalización de situaciones que no se encuentran acordes al Plan de Ordenamiento Territorial, y que afectan derechos generales o colectivos que prevalecen sobre expectativas particulares.

Armonización POT

Es necesario destacar que normas de gran relevancia actual como la Ley 1801 de 2016 (Código de Policía), de mayor jerarquía por su carácter nacional, resultan plenamente armonizables con el POT de la ciudad, estableciendo en su Título VIII las mismas prohibiciones contenidas a nivel local respecto a los establecimientos de alto impacto con venta y consumo de licor.

Por lo tanto, dichos establecimientos están prohibidos zonas residenciales, cerca de centros educativos, de culto y asistenciales. Sin embargo, se respetan los derechos adquiridos de los establecimientos de comercio legalmente constituidos.

Usos del suelo y compatibilidad

Cabe aclarar que la Secretaría de Planeación expide los conceptos de usos del suelo y compatibilidad de conformidad con el Decreto 1000-0823 de 2014. Además, cualquier decisión ajena a las normas urbanísticas vigentes conlleva una violación del ordenamiento municipal, con las correspondientes sanciones de carácter disciplinario y civil en contra de quienes, como funcionarios públicos, decidan desconocer el POT y sus disposiciones reglamentarias.

Plan de renovación urbana Calle 19

Sobre este tema, el funcionario pidió un plazo de treinta días al Concejo Municipal para revisar tomar una decisión al respecto. Recordemos que este Plan quedó estipulado en el POT actual.

 

 

 

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