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Acciones populares que obligan al arreglo de vías.

Acciones populares que obligan al arreglo de vías.

El Juzgado Octavo Oral Administrativo del Circuito de Ibagué mediante Sentencia en Primera Instancia, falló a favor de la Personería, la Acción Popular instaurada en contra del Municipio de Ibagué por medio de la cual el órgano de control solicitó la protección de los derechos de la comunidad, en razón a las circunstancias relacionadas con el mal estado de la Calle 32 entre carreras 4D y 4F del barrio La Francia.

Esta situación, según el fallo, afecta directamente a los habitantes de este sector y a los conductores de servicio público y particular que por distintos motivos deben utilizar dicha vía.

La sentencia estableció que efectivamente existe vulneración de los derechos colectivos relacionados con el goce y protección del espacio público ya que se pudo evidenciar el mal estado y el grave deterioro de la capa asfáltica en esta vía de acceso, la cual no ha sido restaurada.

De igual manera se ordena a la Administración Municipal adelantar un estudio técnico en el que determine las necesidades de intervención de las calles mencionadas y su recorrido, así mismo la orden judicial determinó que se debe integrar un comité de verificación del cumplimiento de esta sentencia conformado por la Personería de Ibagué, delegado del Municipio y la titular del despacho.

Dice la Personería que continuará trabajando en su misión de salvaguardar los derechos de los ibaguereños y en los casos pertinentes haciendo uso del accionar judicial en procura de la reivindicación de los derechos colectivos de los habitantes de nuestra ciudad.

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