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Tribunal Administrativo declaró nula la designación del rector de la UT

Tribunal Administrativo declaró nula la designación del rector de la UT

A la crisis financiera y académica que afronta la Universidad del Tolima (UT), ahora se le suma otro problema que ya estaba cantado, la nulidad del acto de elección de su rector por claras violaciones a los procedimientos establecidos para la ley para estos casos. Parece que la llamada "Nueva historia" que estaban escribiendo se les va a quedar trunca.

En efecto, en un fallo de primera instancia proferido por el Tribunal Administrativo del Tolima, declaró la nulidad del acuerdo 022 de 2018, mediante el cual se designó a Omar Mejía Patiño, como rector en propiedad de la Universidad del Tolima.

En el fallo el Tribunal ha determinado aplicar la excepción de la ilegalidad del acuerdo 031 del 19 de diciembre de 2016, proferido por el Consejo de dicha Universidad.

Señala el fallo que la decisión es en firme y que la providencia fue discutida y aprobada en sala extraordinaria de decisión.

Observó el fallador que el cargo de nulidad se configura, luego de que el acto no se adecúa a las normas superiores a las que debía respeto y acatamiento, que para el caso del estatuto General de la Universidad sobre el cual se soportan desde el punto de vista legal, todos los actos del claustro universitario.

La sala del Tribunal Administrativo del Tolima, ha indica que una vez vencido el periodo para el cual fueron elegidos los miembros del Consejo Superior Universitario, dichos dignatarios automáticamente quedaron relevados de la representación, para la cual fueron designados en los términos del estatuto general de la Universidad.

(Puede leer notas relacionadas con el tema:  Tribunal Administrativo del Tolima le pone coto a irregularidades en la elección del rector de la Universidad del Tolima)

Es así que los miembros del Consejo Superior de la Universidad del Tolima, y puntualmente el representante de las directivas académicas, el representante de los docentes, el representante de los egresados , el representante de los estudiantes y el representante de los ex rectores , tenían sus periodos estatutarios vencidos y por ende no se encontraban facultados para debatir, votar y elegir al rector de la Universidad como se efectuó en el acuerdo demandado, el 022 de 2018, “Por el cual se designa  rector de la Universidad del Tolima”, dando lugar así a un vicio de nulidad absoluta , por infracción a la norma superior , debido a que no se aplicó el articulo 29 de la Constitución Política, en concordancia con el articulo 18 del estatuto general de la Universidad.

Igualmente, el Tribunal ha señalado que el nombramiento de los representantes de las directivas académicas, docentes, egresados, estudiantes y de los ex rectores, tuvieron una vigencia de dos años, contados a partir de su designación.

De tal suerte que su participación en el acto demandado, a través del cual se eligió al rector es ilegal y al excluir su voto en tal acto, se concluye que no existió quorum decisorio para elegir al rector de ese claustro universitario.

Llama la atención, de la sala el hecho que el periodo de cuatro años por el que fue elegido Omar Mejía Patiño, se hubiese dispuesto a partir de la fecha de terminación de lapso de tiempo prestablecido como periodo de transición y no inmediatamente.

Señala el Tribunal que es claro que desde la expedición del acuerdo 018 de 2016, se dijera que su designación seria mientras se designa rector en propiedad, condición que se mantuvo, en las justificaciones invocadas, para la adopción del periodo de adopción y del periodo de transición, en dónde además se argumentó como fundamento, la imposibilidad de convocar proceso electoral alguno.

Sin embargo, esto no impidió que se convocara el proceso electoral de rector, siendo elegido en propiedad, pues no existe fundamento jurídico válido, ni siquiera una motivación en el propio acto que justificara, que se aplazara su designación, dando lugar con ello a una prolongación ilegitima del cargo e incluso del propio periodo institucional.

Como magistrado ponente de la sala fungió José Aleth Ruiz Castro.

De otra parte el Cronista.co conoció que todos los consejeros votaron a favor de Omar Mejía Patiño excepto el representante de las directivas académicas Carlos Montealegre, quien había advertido sobre las irregularidades, ello antes de interponer la acción el docente Félix Salgado, a través de un derecho de petición, dónde solicitó se legalizara el tema de los consejeros con plazo vencido.

 

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