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Título Corte Suprema: accidentes en la entrada del trabajo son laborales
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El sistema de riesgos en Colombia debe responder por las contingencias que sufran los empleados en las inmediaciones de sus lugares de labores previo al inicio de la jornada. Así lo ratificó un fallo judicial al otorgar la pensión de sobrevivientes a los familiares de un operario que falleció por el colapso de un elemento de infraestructura justo antes de entrar a la obra.
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El máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria resolvió una demanda presentada por la viuda y las dos hijas de un trabajador que perdió la vida de forma repentina. El ciudadano había acudido de manera anticipada a su sitio de ocupación y, mientras aguardaba la orden de acceso, una estructura colapsó sobre su humanidad. La decisión judicial ampara de manera directa a los beneficiarios tras años de litigio por la calificación del origen del suceso.
La corporación judicial concluyó que el concepto de percance ocupacional debe interpretarse desde una perspectiva orientada a la protección de las personas y no únicamente ligada al cumplimiento estricto de las tareas asignadas. Bajo esta óptica, los eventos fortuitos que ocurren en las afueras de los recintos de trabajo forman parte de los riesgos que el sistema general debe asumir, pues corresponden a situaciones derivadas de la dinámica propia del empleo.
En la argumentación del fallo se precisa que permanecer a las puertas del establecimiento o en áreas contiguas a la espera de autorizaciones mantiene un vínculo directo con la relación de dependencia entre las partes. Los juzgadores consideraron que la espera para iniciar la jornada no es un acto desconectado, sino una fase previa necesaria para el desarrollo de la actividad contratada, por lo que las afectaciones sufridas en ese lapso guardan cobertura legal.
La sentencia enfatizó que la puntualidad o llegada anticipada del personal no puede ser vista como una conducta individual ajena al vínculo contractual. Acudir con antelación responde al cumplimiento de los deberes de disciplina y sujeción a las condiciones operativas de la empresa, de modo que los daños o imprevistos ocurridos durante esa presencia inmediata en el predio deben ser reconocidos como del entorno de trabajo.
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