Periodismo de análisis y opinión de Ibagué y el Tolima

Actualidad

Por las elecciones, habrá ley seca y otras restricciones en Ibagué

Por las elecciones, habrá ley seca y otras restricciones en Ibagué

Imagen de referencia. 
 

La Alcaldía de Ibagué emitió el Decreto 0717 de 2023, con el cual estableció una serie de medidas y restricciones para garantizar el orden público durante este fin de semana de elecciones. 

“Para los más de 455 mil sufragantes hemos acogido la norma nacional 1702 del Presidente de la República, mediante el Decreto 0717 de 2023 expedido por el alcalde, que permite garantizar la seguridad, tranquilidad y orden público para que el próximo domingo todos los electores puedan salir a votar, y generar las garantías a todos los candidatos”, explicó Milton Restrepo, secretario de Gobierno. 

De esta manera, a partir de las 6:00 de la tarde de este sábado y hasta las 6:00 de la mañana del próximo lunes 30 de octubre, estará prohibido en el casco urbano y la zona rural las siguientes acciones: 

• Venta y consumo de bebidas embriagantes. Habrá Ley Seca como ordena el Gobierno Nacional. Quienes infrinjan la norma serán sancionados de acuerdo al Código Nacional de Seguridad y Convivencia.

• El porte de armas, incluso para quienes tengan el permiso regional o nacional; a excepción de quienes cuentan con la autorización especial, como personal activo de la Fuerza Pública, los reservistas del Ejército, congresistas y secretarios generales.

• El transporte de escombros, cilindros de gas y trasteos en toda la ciudad.

• Comercialización, transporte y uso de pólvora o artículos pirotécnicos, de conformidad al Decreto No. 1000-0258 del 9 de mayo de 2023.

• Venta de gasolina en envases plásticos, botellas o similares, así como su transporte, conservación y almacenamiento en dichos recipientes. 

• El uso del celular dentro de las mesas de votación, el cual solo estará permitido al momento de presentar la cédula digital. Los jurados y testigos electorales también deberán evitar su uso en el horario de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde. Lo mismo aplica para cámaras y grabadoras de sonido.

De igual forma, estarán dispuestas las siguientes condiciones para la ciudadanía: 

• Quienes padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio acompañados de una persona hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto del voto.

• Ingreso y ejercicio de las misiones de observación electoral.

Por último, el decreto prohibe a los electores y candidatos ejercer proselitismo o publicidad política, especialmente en las inmediaciones de los puestos de votación.

Siguenos en WhatsApp

Artículos Relacionados