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MinSalud ordena al Instituto de Cancerología atender a pacientes de Nueva EPS Sumario
Instalaciones del Instituto Nacional de Cancerología en la ciudad de Bogotá.
El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia ha desautorizado oficialmente la decisión tomada por el Instituto Nacional de Cancerología de restringir temporalmente la atención a nuevos pacientes afiliados a la Nueva EPS. La cartera de salud, mediante un comunicado emitido el 29 de abril de 2026, rechazó el pronunciamiento de la doctora Carolina Wiesner, directora del Instituto, enfatizando que dicha medida no cuenta con el respaldo del Gobierno Nacional.
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Según el Ministerio, esta restricción de servicios vulnera directamente la Ley 1751 de 2015, la cual regula el derecho fundamental a la salud en el país. La entidad recordó que el Estado tiene la obligación de abstenerse de cualquier acción u omisión que deteriore la salud de la población o afecte de manera directa o indirecta este derecho esencial de los ciudadanos.
Adicionalmente, se señaló que el Instituto Nacional de Cancerología, al ser una entidad adscrita a dicho Ministerio, debe seguir los lineamientos y parámetros de la cartera, los cuales priorizan la continuidad y oportunidad en la atención. La negativa de servicio menoscaba el principio de oportunidad y el acceso a tecnologías de salud necesarias para una atención integral y de alta calidad.
El Ministerio de Salud lanzó una advertencia contundente: de mantenerse la negativa de atención a los afiliados de la Nueva EPS, se procederá a interponer denuncias penales y quejas disciplinarias ante los entes de control. Lo anterior se fundamenta en la posible comisión del delito de prevaricato por parte de los funcionarios responsables de la decisión.
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