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Juzgado confirma sanción contra Alcaldesa de Líbano

Juzgado confirma sanción contra Alcaldesa de Líbano

Alcaldesa de Líbano, Beatriz Valencia 

Es indudable que la señora alcaldesa se ha puesto en desacato y debe ser sancionada. Además, si persiste en su omisión, deberá ser investigada por la Autoridad penal correspondiente, ya dicha omisión comienza a ser preocupante porque de por medio, al parecer está el hurto de bienes públicos”, reza el fallo de la consulta elevada por la defensa de la Alcaldesa ante el Juzgado Promiscuo de Familia, en el incidente de desacato promovido por los concejales Pablo Emilio Vanegas y Jeisson Guzmán, y el ciudadano Pablo Emilio Vanegas.

El Juzgado anota que “La defensa de la señora alcaldesa no tiene vocación de prosperidad ya que hay un informe preliminar, de un empleado de la Alcaldía, con el cual se dio cuenta del hurto y en el que se deja claro que el video sí existe y fue revisado. Jamás dijo la Alcaldía, en su respuesta al derecho de petición, que no existiera el video, sino que no se podía sacar sin orden judicial, dado el mal estado del sistema”.

La situación que ha generado este oscuro episodio para la alcaldesa Beatriz Valencia en 7 meses de gobierno, tienen que ver con lo ocurrido el pasado sábado 6 de abril entre la 1:23 p.m. y 4:00 p.m. cuando, de acuerdo con las denuncias, unos individuos sustraen de un solar que hace parte de la Alcaldía, una gran cantidad de elementos que allí se encontraban. 

Esta situación, llevó a los concejales Jeisson Guzmán (presidente del Concejo), Ferdinando Arbeláez y al veedor cívico Pablo Emilio Vanegas, elevar un derecho de petición a la Alcaldesa, a fin de obtener respuesta sobre lo ocurrido. Al no recibir respuesta satisfactoria, decidieron interponer una tutela, ésta tampoco es atendida dentro de los términos que esperaban los accionantes.  

Entre lo solicitado por los peticionarios está el video, que en la respuesta que entrega la administración dice que no existe porque en el sitio que ocurrió el aparente robo, no cuenta con cámara que haya registrado el hecho presentado. Los accionantes insisten que requieren los videos de las cámaras ubicadas en el hall del primer piso, frente a la escalera del acceso al segundo piso y la cámara ubicada al exterior de la Alcaldía.

Sin embargo, el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal determina con certeza de la existencia de registros de video que corroboran lo denunciado por los accionantes. “el día 8 de abril se revisaron las cámaras de seguridad de la administración y se evidenció que personas ajenas a la administración abrieron el candado de la puerta del patio trasero y se evidencia que están retirando unos elementos propiedad de la Alcaldía

En ese sentido, el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal aclara que la petición de los accionantes no es confusa y que por lo tanto la Alcaldía debe suministrar el video o los videos, “sin poner trabas respecto a en qué lugar están ubicados los dispositivos o cámaras en el edificio de la Alcaldía”.

Para el Juzgado, la entidad, es decir la Alcaldía, no ha realizado todas las gestiones necesarias para cumplir con lo ordenado en el fallo de tutela, fundamentalmente respecto a realizar la entrega del video que requieren los accionantes. “La accionada no ha contestado de fondo la petición como fue ordenado en el fallo de tutela”.

Pues bien, la decisión que ha tomado el Juzgado Promiscuo de Familia de Líbano, es confirmar la sanción a la Alcaldesa Beatriz Valencia que había impuesto el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de sancionar por desacato, que consiste en arresto de dos días y multa de tres salarios mínimos mensuales vigentes, al tiempo que le pide que acate de manera inmediata el fallo de tutela del 24 de junio de 2024.

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